Vistas de página en total

miércoles, 4 de enero de 2017

Ley no prohíbe relaciones sentimentales en empresas del sector privado

 
 Romances entre trabajadores de una compañía no es malo siempre y cuando no afecte productividad.

La legislación laboral no prohíbe las relaciones sentimentales entre trabajadores de una misma empresa y la ejecución de esta medida dependerá expresamente del mismo centro de trabajo, afirmó la abogada laboralista Sara Campos.

Lo dijo al debatir este tema en el programa “La Ley es la Ley” de Capital radio/Tv. que conduce el Doctor Roberto Miranda; sin embargo, existen relaciones que pueden violar el código de conducta de una empresa y eso se considera falta grave, por lo tanto, causal de despido. Como ejemplo, puso el romance entre una trabajadora y un trabajador casado.

La situación es distinta en el sector público donde existe una ley de nepotismo para evitar favores en la obtención de puestos de trabajo.

A su turno, Mercedes Buendía Matta, experta en Recursos Humanos, coincidió con la Doctora Campos. Enfatizó que si bien es cierto el romance entre trabajadores de una misma empresa no es malo, el problema surge cuando a raíz de ésta, los protagonistas cometen infracciones a las reglas de la compañía que perjudica su productividad.

El Doctor Roberto Miranda, conductor de “la Ley es la Ley” se pronunció. Dijo que no se debe prohibir las relaciones sentimentales, en cuanto no afecte la productividad, el clima organizacional ni las labores ordinarias.

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario