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sábado, 19 de febrero de 2011

EL FACTOR CORNEJO ¿SIENDO EXTRANJERO PUEDE PARTICIPAR EN POLITICA ELECTORAL?




CONFERENCISTA  Y MOTIVADOR MEXICANO , MIGUEL ANGEL CORNEJO

¿PUEDE PARTICIPAR EN POLITICA?


Por Roberto Miranda

EN VARIAS CIUDADES DEL PERU, PPK  HA UTILIZADO COMO "CARNADA" LAS CONFERENCIAS GRATUITAS EN ESTADIOS Y COLISEOS  QUE OFRECE  EL LIC. MIGUEL ANGEL CORNEJO.
LA LEY DE EXTRANJERIA DECRETO LEGISLATIVO N°703, ESTABLECEN OBLIGACIONES Y SANCIONES  A LOS EXTRANJEROS QUE VIOLEN NORMAS MIGRATORIAS , PERO  TIENE UN ENORME VACÍO  CON RESPECTO A LA PARTICIPACION  ACTIVA QUE PUDIERAN TENER LOS EXTRANJEROS EN  CAMPAÑAS POLITICAS , ESPECIALMENTE EN  EPOCA DE ELECCIONES INTERNAS.

POR ELLO,ESTA PRESENCIA  DEL LIC. CORNEJO,  NO RIÑE  NI COLISIONA CON LA LEY DE EXTRANJERIA, LA CUA EN SU ART. 63° ESTABLECE CLARAMENTE CUALES SON LOS ACTOS QUE PROVOCAN LA EXPULSION DE UN EXTRANJERO.



CASO  DEL  SACERDOTE  MC AULEY
El año pasado un sacerdote católico ambientalista , sufrió la  cancelación del permiso de residencia , bajo el argumento de realizar actividades contrarias a su calidad migratoria y de actos que “ponen en riesgo la seguridad del Estado, el orden público y la defensa nacional”.

Mc Auley había  participado activamente  en algunas movilizaciones en protesta contra la contaminación de la selva por las empresas petroleras .




jueves, 10 de febrero de 2011

Carnavales en Lima - MULTAS Y SANCIONES 2011


¿Carnaval o Vandalismo?

Rosa María Palacios y el Dr. José Ocampo Zumaeta (abogado penalista) nos informan de las multas y sanciones que se aplicarán a los ciudadanos que practiquen actos vandálicos en estas fechas.
Fuente: Radio Capital
Emitido: 4 de Febrero 2011

jueves, 3 de febrero de 2011

Juicio de Alimentos - cuánto cuesta y cuánto demora

Derecho de Familia
¿Cuánto cuesta el proceso judicial?
¿Cuánto demora en ser procesada la sentencia?
Rosa María Palacios y el Dr. Roberto Moises Miranda (abogado penalista) nos informan de cual es el mejor momento para iniciar este proceso judicial.
Fuente: Radio Capital
Emitido: 3 de Febrero 2011

¿CARNAVAL O VANDALISMO?

Multas y detención por  carnavales violentos 

Multas de S/. 350 aplicará la municipalidad de Jesús María contra aquellas personas que cometan actos violentos durante la celebración de los carnavales en la vía pública del distrito.
De acuerdo a la Ordenanza Nº 296-2008/MDJM, se consideran actos violentos y prohibidos aquellos que se realizan durante los carnavales y que consisten en el arrojo indiscriminado de agua, pintura, talco, barro, betún, eter y otros, sin consentimiento de las personas.

ANALISIS  LEGAL:
Según lo establecido en el Código Penal, se penalizará hasta con ocho años de cárcel a quienes agredan a otros ciudadanos, provocándoles lesiones graves. Y en el caso que sean menores de edad, se les llevará a centros de rehabilitación juvenil.

En cuanto a los daños causados en bienes inmuebles,  los responsables serán sancionados con la realización de trabajos comunitarios y la correspondiente indemnización a los afectados.

LEGISLACION

FALTAS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES
     Artículo 449.- Perturbación de la tranquilidad
     El que, en lugar público, perturba la tranquilidad de las personas o pone en peligro la seguridad propia o ajena, en estado de ebriedad o drogadicción, será reprimido hasta con sesenta días-multa.


FALTAS CONTRA LA PERSONA 
 Artículo 443.- Agresión sin daño
     El que arroja a otro objetos de cualquier clase, sin causarle daño, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a quince jornadas.