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martes, 10 de enero de 2017

Juzgados de flagrancia enviaron a 73 personas a prisión en 30 días

 Especialistas sostienen que medida es necesaria, pero que generará sobrepoblación carcelaria.


 En 30 días, los juzgados de flagrancia de todo el país han enviado a prisión a 73 personas. Casi la mitad de ellas (35) recibió condena en Lima y Callao, según dio a conocer el Poder Judicial a Perú21.

Dichos tribunales iniciaron sus actividades el 29 de noviembre de 2015, en aplicación del Decreto Legislativo N° 1194. Su función es dictar sentencia en un máximo de 72 horas transcurridas desde que se cometió el delito.

Para esto, se debe cumplir una serie de requisitos, como que los procesados hayan sido hallados in fraganti y hayan sido conducidos a una comisaría. Posteriormente, con la presencia de un fiscal, los detenidos son llevados al Ministerio Público y son denunciados al Poder Judicial.

Los juzgados de flagrancia recibieron, en total, 2,047 denuncias. Algunos siguieron su curso, mientras que otros acabaron con sentencias. De estas, 73 acabaron con penas privativas de la libertad.

Los juzgados que mayor cantidad de casos resolvieron fueron Lima (180), Ica (160), Piura (119), La Libertad (103) y Lambayeque (102).

La norma de flagrancia no rige para un grupo de delitos específicos, pero sugiere que se prioricen casos de sicariato, extorsión, narcotráfico, usurpación, tráfico de terrenos y tala ilegal de madera.

Al respecto, el abogado Roberto Miranda explicó que esta ley está dirigida a aquellos delitos cuyas pruebas puedan ser recopiladas por un fiscal dentro de las 24 horas.
“Hay casos que tienen complejidad aprobatoria y, por lo tanto, no van a proceder. Estos ameritan una investigación más profunda”, manifestó a Perú21.

En los 30 primeros días de vigencia de los juzgados de flagrancia –entre el 29 de noviembre y el 29 de diciembre de 2015–, los procesos más recurrentes estaban relacionados al hurto agravado, robo agravado, conducir en estado de ebriedad, omisión de asistencia familiar y lesiones.

MÁS HACINAMIENTO
 
De otro lado, para el abogado César Nakazaki, esta ley es necesaria, pero debió ser complementada con otros mecanismos administrativos y un plan agresivo para construir más establecimientos penitenciarios.

“El 70% de las personas en prisión están como procesados y no como sentenciados. Se debe agilizar esto pronto y ser más rigurosos con la prisión preventiva. Si no, se está desvistiendo a un muerto para vestir a otro”, afirmó Nakazaki.

Por su parte, el abogado Mario Amoretti, decano del Colegio de Abogados de Lima, indicó que debería haber una modificación en el Código Penal para que se aplique correctamente esta ley.

“Hay desproporcionalidad en las penas. Hay sanciones desmedidas de ocho o doce años, cuando no lo ameritan. Y para otros la sentencia es mínima”, dijo el letrado. Además, sostuvo que no es correcto que se condene solo con la versión policial.

TENGA EN CUENTA
  • Las audiencias de juicios rápidos se realizan en 156 salas de todo el país.
  • El presidente del Poder Judicial, Víctor Ticona, dijo que se necesitan S/.34 millones para seguir aplicando esta norma.

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