Vistas de página en total

domingo, 2 de enero de 2011

LEY "FAENON" ENTRA EN VIGENCIA EL 15 DE ENERO

HECHA LA LEY HECHA LA TRAMPA







Los procesos judiciales contra los funcionarios públicos que han cometido o cometan delitos de concusión, colusión o peculado serán ahora rápidos porque se les aplicarán los criterios de celeridad, oralidad y contundencia que contempla el nuevo Código Procesal Penal.
Aunque el Presidente García pretenda hacer creer que la celeridad en los procesos Anti-corrupción se solucionan con  la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal, su aplicación podría traer ciertos inconvenientes, como los siguientes:
1.- Las medidas de detención son  de carácter  extraordinario . El corrupto podrá ser investigado con orden de comparecencia o arresto domiciliario.
2.-El fiscal debe no sólo formular cargos, sino probarlos contundentemente y convencer al Juez, para que inicie el procesamiento.
3.- Si dentro de los 120 días de investigación el delito no es probado: PASARA AL ARCHIVO.
4.-Carecemos en Lima, Callao,Lima Norte de Procuradurías Especializadas en Delitos contra Funcionarios Públicos, las fiscalias especializadas no se dan abasto y menos aun  la Policía Nacional.
En suma, una medida muy apresurada y sin haber dotado de recursos humanos, logistica e infra-estructura  a los operadores de justicia.
No nos sorprenda que muchos casos de corrupción se archivarán  CON GRAN CELERIDAD en la Fiscalía, ya sea por falta de pruebas o por acuerdo  con el actor civil: Estado.
http://www.elperuano.com.pe/edicion/noticia.aspx?key=4DgIWLN5XgE=

No hay comentarios:

Publicar un comentario