HECHA LA LEY HECHA LA TRAMPA
Los procesos judiciales contra los funcionarios públicos que han cometido o cometan delitos de concusión, colusión o peculado serán ahora rápidos porque se les aplicarán los criterios de celeridad, oralidad y contundencia que contempla el nuevo Código Procesal Penal.
Aunque el Presidente García pretenda hacer creer que la celeridad en los procesos Anti-corrupción se solucionan con la entrada en vigencia de la Nueva Ley Procesal, su aplicación podría traer ciertos inconvenientes, como los siguientes:
1.- Las medidas de detención son de carácter extraordinario . El corrupto podrá ser investigado con orden de comparecencia o arresto domiciliario.
2.-El fiscal debe no sólo formular cargos, sino probarlos contundentemente y convencer al Juez, para que inicie el procesamiento.
3.- Si dentro de los 120 días de investigación el delito no es probado: PASARA AL ARCHIVO.
4.-Carecemos en Lima, Callao,Lima Norte de Procuradurías Especializadas en Delitos contra Funcionarios Públicos, las fiscalias especializadas no se dan abasto y menos aun la Policía Nacional.
En suma, una medida muy apresurada y sin haber dotado de recursos humanos, logistica e infra-estructura a los operadores de justicia.
No nos sorprenda que muchos casos de corrupción se archivarán CON GRAN CELERIDAD en la Fiscalía, ya sea por falta de pruebas o por acuerdo con el actor civil: Estado.
http://www.elperuano.com.pe/edicion/noticia.aspx?key=4DgIWLN5XgE=
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