¿Sabías que no se pueden cortar los servicios esenciales a los vecinos morosos?
Abogado en temas inmobiliarios aseguró que los inquilinos no pueden dejar de contribuir en el mantenimiento del condominio. | Capital
Hablamos sobre el reglamento interno de edificios y condominios. ¿Crees que se respeta?
El reglamento interno de edificios y condominios debe existir desde
el inicio mismo de la edificación y los vecinos deben someterse a este
reglamento, sostuvo el doctor Miguel Cavero, abogado en temas
inmobiliarios, en La Ley es la Ley.
El
experto señaló que en el caso de los edificios nuevos, el reglamento
existe, a diferencia de los edificios antiguos que deben de adecuarse a
la Ley 27157. El gran problema esta en que la familia compradora de un
departamento no hace caso a este reglamento al que debe someterse.
El
doctor Cavero señaló que los acuerdos de la Junta de Propietarios deben
ser adoptados por todos loa dueños de los departamentos y no solo por
la Junta Directiva, además, un moroso no puede formar parte de esta
junta, y si debe tres cuotas ordinarias de mantenimiento, puede quedar
inhabilitado en su participación en las reuniones.
Un aspecto muy
importante que resaltó el abogado especialista es en el hecho del corte
de los servicios esenciales como agua y energía eléctrica a un vecino
moroso. Recalcó que esta medida esta prohibida y puede conllevar a
denuncia penal por perturbación a la posesión.
A su turno, el
doctor Roberto Miranda, conductor de La Ley es la Ley, opinó que el
problema no es solamente legal, sino de educación y cultura.
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