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viernes, 7 de julio de 2017

¿Sabías que no se pueden cortar los servicios esenciales a los vecinos morosos?

  Abogado en temas inmobiliarios aseguró que los inquilinos no pueden dejar de contribuir en el mantenimiento del condominio. | Capital

Hablamos sobre el reglamento interno de edificios y condominios. ¿Crees que se respeta?

El reglamento interno de edificios y condominios debe existir desde el inicio mismo de la edificación y los vecinos deben someterse a este reglamento, sostuvo el doctor Miguel Cavero, abogado en temas inmobiliarios, en La Ley es la Ley.

El experto señaló que en el caso de los edificios nuevos, el reglamento existe, a diferencia de los edificios antiguos que deben de adecuarse a la Ley 27157. El gran problema esta en que la familia compradora de un departamento no hace caso a este reglamento al que debe someterse.

El doctor Cavero señaló que los acuerdos de la Junta de Propietarios deben ser adoptados por todos loa dueños de los departamentos y no solo por la Junta Directiva, además, un moroso no puede formar parte de esta junta, y si debe tres cuotas ordinarias de mantenimiento, puede quedar inhabilitado en su participación en las reuniones.

Un aspecto muy importante que resaltó el abogado especialista es en el hecho del corte de los servicios esenciales como agua y energía eléctrica a un vecino moroso. Recalcó que esta medida esta prohibida y puede conllevar a denuncia penal por perturbación a la posesión.

A su turno, el doctor Roberto Miranda, conductor de La Ley es la Ley, opinó que el problema no es solamente legal, sino de educación y cultura.

 

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