LUEGO DE SER DENUNCIADO ESTE EXCECRABLE HECHO EN AGRAVIO DE UNA EMPRESARIA DE FARMACIA, LOS MENORES VIOLADORES FUERON ENTREGADOS A SUS PADRES Y TUTORES Y QUEDARON LIBRES.
PERO ¿QUE DICE LA LEY AL RESPECTO?
EL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES ESTABLECE MEDIDAS PREVENTIVAS Y COERCITIVAS PARA LOS MENORES QUE INFRINJAN LA LEY Y COMETAN DELITOS.
LAS PENAS LLEGAN A UN MAXIMO DE 06 AÑOS DE INTERNACION.
CODIGO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
“Artículo 235.- Internación
La internación es una medida privativa de libertad que no excederá de seis (6) años.”
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