EL CASO DE CRISTO: ANALISIS JURIDICO
DESEMPOLVEMOS EL EXPEDIENTE DE CRISTO:
DESDE EL ARRESTO NOCTURNO, LAS PRUEBAS Y TESTIGOS FALSOS,LOS CARGOS QUE SE LE IMPUTARON, LAS SENTENCIAS CONTRADICTORIAS, EL INCIDENTE DE JURISDICCION, EL REFERENDUM O INDULTO PLEBISCITARIO,
EL JUICIO POLITICO Y EL JUICIO RELIGIOSO, EL CASTIGO ROMANO Y LA PENA CAPITAL, ENTRE OTRAS FIGURAS JURIDICAS.
¿JESÚS FUE ARRESTADO ILEGALMENTE?
¿POR QUÉ NO APELÓ SU
SENTENCIA DE MUERTE?
Jesús al momento de ser arrestado reclamó por la hora avanzada, por la oscuridad e
incluso por el lugar de detención,
¿Pudo ser apelada la sentencia de muerte contra Jesús? ¿Fue legal su arresto? Sin
duda la Semana Santa nos trae a reflexión no sólo aspectos religiosos sino también
aspectos legales que demuestran los vicios y las faltas de garantías procesales
reconocidas en su época y a las que fue sometido Jesús de Nazareth.
El Dr. Roberto Miranda Moreno *, Abogado, Doctorado y Master en Ciencias Penales trata de descifrar cómo fue el arresto, el juicio y la sentencia injusta al que fue sometido Jesús.
1.- EL ARRESTO:
El arresto de Jesús tuvo lugar poco después de la media noche del día 14 de Nisan del calendario hebreo, que corresponde al 7 de abril según el cómputo romano.
Era sólo para delitos flagrantes, según el derecho judaíco el arresto sólo procedía
para delitos flagrantes, es decir en el acto mismo en que el delito era perpetrado.
Eso ocurrió, por ejemplo, cuando trajeron ante Jesús, a la mujer adúltera para
apedrearla.
Jesús al momento de ser arrestado reclamó por la hora avanzada, por la oscuridad e
incluso por el lugar de detención, ya que no fue detenido durante sus recorridos por
la ciudad, ni en la sinagoga, sino en un jardín privado.
“Exhibirá tu justicia como la luz, Y tu derecho como el mediodía.”(Salmo 37:6)
—¿Acaso soy un ladrón,[f] para que vengan contra mí con espadas y palos?53 Todos los días estaba con ustedes en el templo, y no se atrevieron a ponerme las manos encima. Pero ya ha llegado la hora de ustedes, cuando reinan las tinieblas.(Lucas 22:52-53)
2.- DUPLICIDAD DE JUICIOS Y PROCESOS
Fue un abuso someter a Jesús a un juicio sumario y en horas de madrugada ya que
el juicio judío era diurno y requería la presencia de la totalidad de integrantes del
Sanedrín. Se calcula que fue detenido en la medianoche del 14 de nisán (jueves) y
el juicio ante el sumo sacerdote empezó a la una de la madrugada, siendo llevado a
las 6 a .m. al Palacio de Poncio Pilatos y conducido a Herodes a las 8 de la mañana.
2.1. El juicio religioso: La imputación de carácter religioso fue levantada por los
sacerdotes, fariseos, escribas y saduceos, el delito tipificado por estas autoridades
religiosas fue de blasfemia, por haberse autodenominado “Hijo de Dios”.
2.2. El juicio político: La imputación de carácter político tenía como propósito tipificar el delito de sedición contra el imperio, asegurar la pena de muerte, además quitarleel titulo de Mesías o libertador y que las autoridades religiosas se congracien conRoma, para ello utilizaron testigos falsos que manifestaron que Jesús estaba encontra del pago del tributo al Cesar.
Recuérdese que una semana antes al entrar Jesús a Jerusalén (domingo de ramos)
la multitud coreaba “libéranos te lo rogamos” que en la lengua original se dice
“hosanna”.
3.- EL ASUNTO DE LA JURISDICCIÓN: ¿HERODES O PILATOS?
Pilatos se lava las manos por primera vez cuando al percatarse que Jesús era
Galileo, por ende, Herodes tenía competencia sobre él. Pero Herodes era
sanguinario y podría haber decretado la muerte de Cristo como lo había hecho poco
antes, decapitando a Juan el Bautista.
Herodes incluso creía que Jesús era Elías reencarnado o que era Juan el Bautista
resucitado.
4.- LA PRIMERA DECISIÓN DE PILATOS: ES INOCENTE
Poncio Pilatos se vuelve a lavar las manos por segunda vez cuando manifiesta que
no encontraba ningún delito en Jesucristo, pero decreta que sea azotado.
Luego ante tanta presión de la casta religiosa judía vuelve a evadir su
responsabilidad decisoria y lavarse las manos recurriendo al plebiscito. Por ende,
encontramos dos sentencias contradictorias de primera y segunda instancia:
4.1. Pena de azote: Flagelamiento
4.2. Pena de muerte: a través de indulto plebiscitario: vox populi, vox dei
5.- LA SENTENCIA CONDENATORIA
La forma y modo de ejecutar la pena de muerte a Jesucristo resulta inexplicable ya
que básicamente se reconocían dos maneras:
5.1 Modo de ejecución capital: Pena capital romana: crucifixión (elegida por la turba)
5.2 Se desecha el apedreamiento: pena capital judía, que es el modo como se
dispuso en el Pentateuco sancionar a los blasfemos, adúlteros Recuérdese que
años después de Cristo, Esteban es apedreado delante de Saulo de Tarso.
Con la crucifixión de Cristo se cumplió el tipo representado en el antiguo testamento
por la serpiente levantada en un madero en el desierto y que traía vida y salud a los
enfermos.
6.- APELACIÓN:
El derecho romano reconocía la facultad de interponer una apelación o recurso
impugnatorio a fin que sea revisado en última instancia por el César en la sede
jurisdiccional de Roma, que era la capital del imperio.
Solo tenían derecho de apelar, quienes contaban con la ciudadanía romana.
Recuérdese que el apóstol San Pablo hace uso de esa prerrogativa legal e
interponer apelación al Cesar, ya que San Pablo (Saulo de Tarso) había adquirido la
ciudadanía romana (Civitas Optimo Jure).
En cambio Jesús no gozaba de esa prerrogativa por ser un súbdito colonizado por
Roma.
Civis romanus sum
CONCLUSIONES:
1.- Jesús fue sometido en forma arbitraria a un arresto por delitos no comprobados.
2.- El juicio a Jesús fue sumarísimo y con falsos testigos de cargo.
3.- Poncio Pilatos tuvo hasta tres oportunidades para absolverlo, pero cedió ante la presión de la casta religiosa judía.
4.- La sentencia contra Jesús no fue apelada por carecer de las prerrogativas y
calidades de ciudadano romano.