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domingo, 22 de mayo de 2016

¿QUÉ ES LA LESION PSICOLOGICA?


ME INSULTA, ME GRITA Y DICE QUE NO SIRVO PARA NADA
Esta es la versión que siempre escuchamos de mujeres y hombres que como pareja tienen una relación difícil de entender.
Se necesitan el uno y el otro.
Uno manipula y la otra pareja es la manipulada.
Se provocan heridas profundas en el alma difíciles de borrar.

Hay a veces gritería, insultos, amenazas, maltrato verbal. lisuras etc.
Pero qué es la LESION PSICOLOGICA?
Es sin duda el menoscabo, el daño, el trauma que provoca en la persona receptora y agredida todo tipo de palabra u acto proferido por el agresor.

A partir de noviembre del 2015 se dictó una nueva ley cuyo análisis compartimos a continuación con solo hacer click en el siguiente link:

http://www4.congreso.gob.pe/pvp/leyes/ley30364.pdf


ME DESINFLARON LAS LLANTAS

CONSULTORIO JURIDICO
DR. MIRANDA QUISIERA HACERLE UNA CONSULTA


Reconozco que estacioné en un lugar indebido, una zona de parqueo al parecer privada, y cuando regresé encontré mis 04 llantas desinfladas.
¿Puedo denunciar al vecino que hizo eso?
¿Es un delito desinflar llantas?
Espero su respuesta
Atentamente
Charo
Distrito de Breña
RESPUESTA
Al respecto de tu consulta, la desmenuzaremos en los siguientes puntos :
1.- Se requiere una prueba que determine fehacientemente e identifique quién es el autor del desinfle de tus llantas, no basta la mera imputación de tu persona. Tal vez un testigo o un video serían aconsejables.
2.- Del método utilizado : puede ser que solo te hayan quitado el aire utilizando presión al pitón o puede ser que te hayan dañado la llanta provocándole un orificio de escape.
Si hay evidencia que se ha producido el uso ex profeso de un elemento punzo cortante, entonces hay daños contra el patrimonio que pueden ser catalogados como FALTAS en el Código Penal.
3.- Si se logró por mano ajena el desinfle o pérdida de aire provocado de la llanta o llantas y el aro del vehículo deformó e inutilizó los neumáticos debido al peso ( llantas sopladas), también estaríamos ante la figura de faltas contra el patrimonio : daños materiales.
4.- Por último, el art.452 inc. 6 del Código Penal establece:
"El que perturba a sus vecinos con discusiones, ruidos o MOLESTIAS ANÁLOGAS será reprimido con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa.
Tal vez esta sea la única cláusula que contemple esta infracción pues sino quedará impune pues no está tipificada.
PRUEBAS
De otro lado, te recomiendo que obtengas fotos de las llantas, del lugar sonde se produjo el desinfle y si hay otros daños colaterales, efectuar una pericia de daños valorizado de modo que puedas reclamar el reembolso via extrajudicial o judicial.
CONTRAVENCIONES
Esto nos lleva a la reflexión de vernos en la necesidad de tener en nuestro país un CÓDIGO DE CONTRAVENCIONES que tipifique y sancione pecuniariamente infracciones menores a una FALTA.
Consultas: mirandaperu@hotmail.com

CONSULTAS LEGALES

Separa tu cita hoy mismo al correo electrónico
 mirandaperu@hotmail.com
Dr. Roberto Miranda & Abogados Asociados
Ver nuestra presentación en video:
https://www.youtube.com/watch?v=lw6kiiXHluY

PENSION DE ALIMENTOS ...YA!!!


VIA JUDICIAL
Campaña en favor de los menores alimentistas.
Muchas madres pasan un vía crucis para exigir los derechos alimenticios de sus hijos.
Por eso, ponemos a tu disposición un modelo de demanda que puedes utilizarla ante cualquier juzgado del territorio peruano.
No basta adjuntar la partida de nacimiento de tu hijo(a), por eso si deseas conocer más detalles, tips, consejos de cómo presentar una demanda debidamente probada y sustentada en gastos efectuados por ti antes del parto, durante el parto y post-parto, escríbenos :
mirandaperu@hotmail.com
Y solicita una cita personal y el envío del formulario demanda de alimentos.

DELINCUENTE DISPARA A BEBÉ EN EL CALLAO

Ya fue detenido este delincuente quien según fuentes periodísticas se encontraba bajo arresto domiciliario pero aún así portaba arma y encima salió a matar en la zona de Bocanegra- Callao.
De ser REINCIDENTE, además de purga pena efectiva por el primer delito cometido, será sancionado por este segundo delito con un incremento de hasta el 50% de la pena fijada.
El delito por el cual se procesaría no sería por lesiones graves sino por tentativa de homicidio pues nadie se va a poner a disparar con arma de fuego, solo para asustar o para provocar lesiones leves, sino que el uso de dicha arma es de necesidad mortal.
De otro lado, nuevamente el Callao se tiñe de sangre ante este luctuoso hecho a pesar de encontrarse en estado de emergencia.
Como diría el gran Humberto Martínez Morosini... NO PASA NADA.!!!!