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miércoles, 14 de noviembre de 2012


ABREN PROCESO PENAL POR NEGLIGENCIA MEDICA 
A PEDIATRA DEL HOSPITAL DEL NIÑO

El Ministerio Público tras un año de investigación determinó que la muerte de una menor de 02 años  se produjo por  negligencia médica.
El 15 de Noviembre del año pasado la menor  CATHERINE SAYUMY CHURA ALANYA (02) murió luego de ser atendida  y medicada en el Hospital del Niño por un aparente resfrío,cuando en realidad, la menor  tenía un avanzado cuadro  de afección hepática en proceso.
La madre de la menor, Ruth Alanya  promovió desde ese momento una denuncia contra los galenos que resultaran responsables.
Tras un año de investigación  el 19º Juzgado Penal de Lima, abrió instrucción  contra la doctora María Ynés Bonzán Rodríguez, pediatra del Instituto Nacional del Niño ( ex- Hospital del Niños) por delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, modalidad de Homicidio Culposo y Exposición de menor a peligro con subsecuente muerte.
El caso que se ventila  ahora ante el 19 Juzgado Penal , lleva el número de Exp.Nº 9677-2012, Secretaria: Alicia Ochoa Pérez.
La madre agraviada ha solicitado que se incluya al Instituto Nacional del Niño y al Ministerio de Salud como Terceros Civilmente Responsables debido a que,es el Estado quien administra  y es garante de este centro de salud,  en la cual confió la salud de su hija.
Asimismo, los padres de la niña tiernamente desaparecida,iniciarán un proceso indemnizatorio por la vía civil contra el Estado por una cifra no menor al  millón de nuevos soles.
Agradecemos su atención:
Ruth Alanya (madre) : 988-864-749

domingo, 11 de noviembre de 2012

HEROE DE LA PNP , VICTIMA DEL "CAMARADA ARTEMIO" EXIGE JUSTICIA


HEROE POLICIAL   DE EMBOSCADA TERRORISTA DE  AUCAYACU  PIDE A MINISTRO DEL INTERIOR  QUE LO RECIBA  
 Agustín Soto Rivera , era un Suboficial de la policía cuando el 20 de diciembre del 2005 sufrió con sus  09 compañeros una emboscada terrorista en Aucayacu, siendo él , el único sobreviviente.

Ahora en retiro, Agustín Soto Rivera,pide al actual  gobierno que cumplan en  otorgarle todos sus beneficios.

Su abogado, Dr. Roberto Miranda, manifestó que a pesar que la ley lo reconoce, Soto no ha recibido el beneficio de vivienda, y además el Ministerio del Interior ha apelado una sentencia indemnizatoria a  favor  de Rivera Soto  dictada por el  55ºJuzgado Civil  de Lima- Exp. N° 02545-2007-0-1801-JR-CI-55- que le reconoce  la suma de 180 mil nuevos soles, debido a la negligencia de las autoridades en haber sido expuesto por sus superiores y no haber sido debidamente atendido, a punto de perder una pierna.
Soto manifiesta que él no fue atendido como "Artemio" con prontitud, sino que el entonces Ministro Rómulo Pizarro le aseguró atención médica especializada y un viaje a Cuba, pero al cabo de 13 días perdió la pierna por negligencia del Hospital de la Sanidad de la PNP.
Actualmente no recibe del Estado ni siquiera una silla de ruedas o el aparato ortopédico    a su medida que le ayude a desplazarse.En Lima, espera ser recibido por el Ministro del Interior y recibir la indemnización ordenada por el Poder Judicial luego de un juicio de 05 años. 


CASO CLAUDINA HERRERA : CRIMEN SIN CASTIGO


Como se recuerda, la joven Claudina Herrera (18) fue asesinada el 19 de octubre del 2005 luego que una mafia de "roba bebés" le arrebataran  al ser en gestación (Fabiana Antonella) de su propio vientre .
Durante el juicio y luego de haber sido sentenciada la obstetriz Diana Rivas Llanos  a una pena de 25 años, en un dictamen parcializado y sospechoso, el actual  Fiscal de la Nación, José Peláez Bardales ( en ese entonces Fiscal Supremo) la liberó de todos  los cargos sin mayor argumentación y en contra de las pericias y de la sentencia de la Sala Superior Penal.

UN MILLON DE  SOLES . Miguel Herrera, padre de Claudia Herrera,  denunció este hecho como un caso de corrupción y dirigió sus baterías contra el  fiscal José Peláez Bardales.
Pelaez Bardales, lo denunció por el delito contra el honor, en la modalidad de difamación agravada por medio de la prensa, exigiendo el pago de UN MILLON  de nuevos soles 
El padre de Claudina durante el proceso y por  diversos medios  ha pedido disculpas por el exabrupto, pero la intolerancia y el abuso del Fiscal de la Nación lo ha puesto al borde de recibir una pena de 03 años de prisión.

LA NIETA .La niña de Claudina, Fabiana Antonella ( 06), ignora por completo estos trances judiciales que la dejarían sin el único sustento familiar y material que tiene, ya que su padre biológico (Paolo Castillo) vive hace más de 05 años en Venezuela y quien alimenta y da educación es su abuelo materno, Miguel Herrera Hervias.
Hasta la fecha, los asesinos de su madre no han pagado ni un sol de la reparación civil ordenada.El taxista Miguel Montoya está prófugo, la asistenta social Sofía Parravicini quedó libre y la única que purga pena  de 25 años es Isabel Palacios, alias "la panzona".

GRACIAS POR SU DIFUSION

MIGUEL HERRERA HERVIAS
CELULAR :  986-341-009
CASA :          293-4125

Menor Alessandro es arrebatado de custodia materna

miércoles, 31 de octubre de 2012

CASO CIRO CASTILLO:EXPLICACION LEGAL EN DOS PALABRAS


1.- HOY ACABÓ LA INVESTIGACION PRELIMINAR DE LA FISCALIA, CON LA FORMALIZACION Y CONTINUACION DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTRA ROSARIO PONCE.
2.- EN LA PRACTICA, ROSARIO PASA DE INVESTIGADA A IMPUTADA Y AGRAVA SU SITUACION.
LO MAS FAVORABLE PARA ELLA  HUBIESE SIDO QUE  LA FISCALIA ARCHIVARA LA INVESTIGACION SIN PARTICIPACION DEL JUEZ.3.- LA FISCALIA N
O PUDO ACUSARLA AUN Y JUDICIALIZÓ LA INVESTIGACION, POR CONSIGUIENTE DE AQUÍ EN ADELANTE EL ARCHIVAMIENTO SÓLO PUEDE SER AUTORIZADO POR EL JUEZ.
4.- JUSTAMENTE HOY QUE SE LLEVABA A CABO LA AUDIENCIA DE CONTROL DE PLAZOS (VENCIDOS) DE INVESTIGACION PRELIMINAR, LA FISCAL SE APRESURÓ EN NOTIFICAR ESTA MAÑANA LA FORMALIZACION Y EL PEDIDO DE CONTINUAR INVESTIGACION PREPARATORIA. ESTO LE DEJA SIN PISO AL PEDIDO DE CONTROL DE PLAZOS,PUES AHORA MAS BIEN, LE PASARON EL LADRILLO CALIENTE AL JUEZ.
5.- LA INVESTIGACION PREPARATORIA PUEDE DURAR 120 MÁS 60 DIAS.PERO SI ES COMPLEJO PUEDE DURAR 8 MESES (240 DIAS+ 240 DÍAS).
TIENE PARA RATO.
FACIL LLEGAMOS AL 2014.

lunes, 29 de octubre de 2012

INJUSTA SENTENCIA

SENTENCIADA A 16 AÑOS POR DELITO QUE NUNCA COMETIO.

AYACUCHO.- MUJER ES ACUSADA DE NARCOTRAFICO POR NO HABER EFECTUADO TRANSFERENCIA VEHICULAR HACE 10 AÑOS .
VEHICULO FUE UTILIZADO POR NARCOTRAFICANTES.

CASO DEL MENOR EDINSON CUMPLIO DOS AÑOS SIN SENTENCIA


Crimen sin castigo
 

El caso del menor Edinson Padilla (10)

El Segundo Juzgado Penal del Módulo de Justicia de Los Olivos decidió hoy, elevar el expediente  2760-2011 al Fiscal Superior Penal de Lima Norte por no estar de acuerdo con la calificación de LESIONES LEVES y considerar que se advierte que éstas fueron de mayor gravedad.Hace 02 años,Edinson sufrió estas lesiones por rayar el auto de Luis Torres Oré quien en forma abusiva descargó su ira contra el frágil menor. 

De otro lado, el juez Luis Antonio La Rosa,disintió con el extremo del archivamiento por el delito de Omisión de Socorro y exposición a Peligro que el Fiscal Provincial Alfredo Camargo Acosta había dispuesto exonerando  de responsabilidad al culpable de estos hechos. La dilación de la presente causa se ha debido que en estos últimos 05 meses en la que debía dictarse sentencia, el juzgado ha tenido despachando  provisionalmente  04 jueces lo cual provocaba la nulidad de la vista de la causa, manifestó el abogado del menor, Roberto Miranda.

El cambio inoportuno y frecuente de  jueces : Nancy Ocares, Ruth Silverio, Teodoro López Diestra y el último Luis Antonio La Rosa  ha puesto en peligro el proceso pues  dentro de 11 meses, la causa podría  prescribir, permitiendo al agresor , Torres Oré se exonere de toda responsabilidad penal.Se espera que en las próximas semanas la Fiscalía Superior enmiende la "mano blanda" del Fiscal Provincial Alfredo Camargo y califique el delito como lesiones graves,  DE MODO QUE LA PENA  SEA SEVERA TAL COMO MANDA LA LEY, acotó el letrado.

GRACIAS POR SU DIFUSION

ABUELO DEL MENOR, MAXIMO PADILLA:   987 068 523


RESUMEN DE LOS HECHOS
El 15 de octubre del 2010 sufrió una fuerte golpiza en los ojos por parte de Luis Torres Oré, en el frontis del inmueble ubicado en Calle 2-Mz.L-Lote 20-Urb.San Elías – Los Olivos.
No fue auxiliado y el agresor fue incialmente denunciado por Lesiones, Omisión de auxilio,Exposición de menor a peligro.
MOTIVO DE LAS LESIONES:
Por haber rayado superficialmente el auto del agresor.
RESULTADOS:
Trauma ocular a globo cerrado en ambos ojos, golpe con puño.
Hematoma párpado superior ojo derecho.
Equimosis periocular.
Edema palpebral
Hemorragia subconjuntival.
Equimosis facial.
Estuvo a punto de tener desprendimiento de retina.
MEDICINA LEGAL:
Los médicos legistas le dieron 03 días de atención facultativa por 12 de incapacidad para el trabajo.
Por lo que,  sólo se configuró el delito de LESIONES LEVES.
Lo cierto es que no fueron lesiones leves sino LESIONES GRAVES pues el menor ha sufrido de una acelerada disminución de su agudeza visual del ojo derecho: AMETROPIA atribuible al trauma ocular a globo cerrado en ambos ojos.
La agudeza visual es normalmente 20/20, pero desde la lesión inferida perdió agudeza  a 20/30,20/40,20/50, etc, hasta llegar ahora a 20/100
Esta conclusión  de Medicina Legal obra  a fojas 308/309 – Certificado Médico Legal 000127-PF_AR del 02 Febrero 2012  suscrita por el médico legista Juan Carlos López Santillana.
FISCALIA:
A pesar del último informe médico legal que acredita que la lesión produjo consecuencias graves mayores a los 30 días de atención facultativa, el Fiscal Alfredo Camargo Acosta mantuvo acusación por LESIONES LEVES y ha solicitadosólo la pena de 2 años de prisión y al pago de 5 mil soles más 100 días multa, de acuerdo al art. 122º del Código Penal.
CONSECUENCIAS  GRAVES:
Además de la pérdida de agudeza visual, el menor ha perdido el año escolar, ha sido víctima de bullying en el colegio por asistir con lentes oscuros, la familia ha gastado más de 13 mil soles en el tratamiento.
ESTADO ACTUAL DEL PROCESO:
Culminada la etapa probatoria fuimos citados par el Informe final de ALEGATOS ORALES  en el mes de junio, agosto, setiembre y 0ctubre, habiéndose  postergado en dos oportunidades por razones que la jueza titular había subido interinamente a la Sala Superior para reemplazar a vocal superior.
Esto ya resulta irregular y dilatorio pues podría el nuevo juez asumir jurisdicción y proceder  a escuchar el informe oral y sentenciar.
 
NUEVAS  PRUEBAS 
 
 1.- Que, hay un último  examen oftalmológico del Inst. Nacional de Oftalmología que acredita la ametropía en un ojo , producto del golpe inferido,lo cual ha provocado la pérdida  veloz de  su  agudeza visual   de 20/20  a 20/100.
2.- El transtorno psicológico de la violencia y su falta de concentración le ha hecho perder una año de estudios en su colegio.
3.- El juzgado viene dilatando la presentación de mi informe oral (alegatos) que fueron suspendidos en junio, agosto y ha sido reprogramado en el módulo básico de Justicia de Los Alisos- Los Olivos, lo cual abona en favor del procesado pues el 15 de octubre 2013  próximo se cumplirán 03 años sin sentencia penal Y PODRÍA PRESCRIBIR..
4.- Que, a pesar del nuevo reconocimiento médico legal que demuestra que las secuelas de la lesión se han prolongado por más de 30 días ( término legal para determinar si una lesión es leve o grave), el fiscal provincial del Cono Norte no ha variado el tipo penal de LESION LEVE   a    LESION GRAVE.
5.- Si la fiscalía hubiera calificado como lesión grave este hecho ,  ya se hubiera revocado la orden de comparecencia y ordenado la detención.
6.- Por el contrario, la Fiscalía sólo lo acusa por lesión leve y lo libera del siguiente delito:
        Omisión de socorro y exposición a peligro
     Artículo 126.- El que omite prestar socorro a una persona que ha herido o incapacitado, poniendo en peligro su vida o su salud, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años.
7.- DELITO POR PRESCRIBIR : Dado el retardo del proceso, provocado sospechosamente por el mismo sistema judicial, estaríamos a escasos 11 meses para que prescriba y se archive definitivamente, pues ni siquiera se ha dictado la sentencia de primera instancia . 

martes, 2 de octubre de 2012

FUJI- INDULTO: JAQUE POLITICO


Se ha explicado que según nuestra legislación ( LEY Nº 28760) no procederían los indultos en los casos de sentenciados por los delitos de :
1.- Secuestro agravado y
2.- Delitos de lesa humanidad.

Por ello, la única alternativa viable para que este derecho de gracia presidencial pueda ejecutarse sería argumentar razones de salud ( no necesariamente un enfermo terminal, pues podría tratarse una penosa enfermedad crónica) para de esa manera pueda acceder a una figura de carácter humanitario que todos han convenido en llamar: el INDULTO HUMANITARIO.

INDULTO HUMANITARIO
Haría bien el Presidente de la República en tener una lista completa de todos los que purgan cárcel en todos los penales del Perú  y  que se encuentren con un cuadro de enfermedad tal  que  no signifiquen  un peligro para la sociedad ( hay al 2010 más de 4,500 solicitudes) .
Sólo así veríamos que un indulto humanitario no tienen ribetes políticos y más bien habría beneficiado a todos quienes sufren la misma condición física.
Hay presos que deberían salir de la cárcel a un sanatorio mental, otros  que deberían ser atendidos en sus hogares  y otros que deberían estar internados  en un hospital.

¿ARRESTO DOMICILIARIO?
No procede la figura del ARRESTO DOMICILIARIO en casos de sentencias firmes, nuestra legislación no la contempla, sino para procesados sin sentencia definitiva.

CIDDHH  Y REACCIONES DE ONGs.
Lo que sí,  un indulto humanitario provocaría la lógica  reacción de las ONGs defensoras de DDHH que acaban de lograr una gran victoria en San José al derribarse de manera acelerada  y sin mediar mayor trámite la SENTENCIA VILLASTEIN.
En el peor escenario, el Gobierno Peruano sería denunciado y  todo  esto acabaría con una sanción al Perú en la Corte de San José ,la revocatoria del INDULTO HUMANITARIO, la censura al Canciller Roncagliolo y la Acusación Constitucional contra Ollanta Humala.

MAPA POLITICO
Ante una caída gradual de su popularidad, Humala se enfrentaría a una ola de reacciones nacionales e internacionales si decidiera indultar al ex-presidente de origen nipón.
Humala no cuenta con una figura notable en la Cancillería que pueda contrarrestar esta ola de críticas, además cuenta en su gabinete  con  la ex-esposa del jurista García Sayán - Presidente  de la Corte de San José-  como  Ministra de Justicia, lo cual le debería significar más bien, que su decisión debe ser muy bien pensada.

PERITOS INTERNACIONALES
Ya que desde el caso Crousillat existe desconfianza en el diagnóstico y prognosis médica de los facultativos y peritos del INPE , lo mejor sería echar mano de peritos médicos internacionales que en forma independiente determinen el estado real de salud de Alberto Fujimori.

EX-PRESIDENTE LEGUIA
Recordemos que el ex- Presidente Leguía luego de su ONCENIO murió prácticamente en su celda del Panóptico de Lima, del cual salió únicamente para que confirmen su deceso.

SEPA MAS

El indulto es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena. Es una situación diferente a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el indulto la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena.
El indulto puede ser total o parcial. A su vez puede ser general y particular.
  • El indulto total comprende la remisión de todas las penas a que hubiere sido condenado el reo y que aún no hubieren sido cumplidas.
  • El indulto parcial supone la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas o su conmutación por otras menos graves.

miércoles, 5 de septiembre de 2012

TIENDAS WONG NO ASUME RESPONSABILIDAD POR ROBO EN SU ESTACIONAMIENTO DE LA MOLINA


A pesar que Ley 29461 está en vigencia
CLIENTE DENUNCIA A WONG-CENCOSUD POR ROBO EN ESTACIONAMIENTO

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Ingratos momentos vivió este sábado 01 de setiembre, César Morales y su familia cuando al promediar las 6 de la tarde, al  regresar al estacionamiento de Wong-Cencosud del Centro Comercial del mismo nombre, ubicado en la Av. La Molina cdra.3, se dieron con la ingrata sorpresa que su vehículo Chevrotel Aveo  tenía la chapa de la puerta violentada y le habían robado no sólo autopartes externas sino la computadora del auto, la batería, así como pertenencias personales,tablet, cámara fotográfico, implementos de deportivos etc.
Lo curioso del caso es que la empresa garante y propietaria del estacionamiento, no le dio ni siquiera disculpas ni satisfacciones, viéndose obligado a presentar una denuncia formal ante la Comisaría de Salamanca y presentar por escrito su Reclamo contra esta empresa comercial.
Morales hasta la fecha tiene el vehículo inoperativo  esperando que la firma comercial chilena, Wong-Cencosud cumpla con la Ley 29461 y asuma toda la responsabilidad sobre estos hechos.
La  ley 29461 –aprobada en noviembre del año 2009–, que obliga a los dueños de las playas de estacionamiento a pagar por la pérdida de cualquier automóvil o de sus accesorios, entró en vigencia en febrero del 2010.
La norma establece que quienes ofrecen este servicio deberán brindar seguridad permanente al vehículo durante el tiempo que permanezca estacionado. Si el auto, o una de sus autopartes, es robado, los propietarios del local deberán asumir el gasto total y pagárselo al cliente.
Asimismo, cuando se trate de un servicio complementario –es decir, en los estacionamientos de los centros comerciales, restaurantes u hoteles–, los responsables de la pérdida serán el dueño del establecimiento y el administrador del servicio de estacionamiento.
La familia Morales está a la espera que Wong-Cencosud cumpla con esta ley, pues hasta ahora no ha dado muestras de resarcir este grave daño ocasionado a estos clientes de la firma comercial.
Adjunta: copia de denuncia policial y de la Reclamación contra Wong.

Sr. César Morales 992066358
Estudio Miranda Moreno : Abogado Dr. Christian Uceda cel. 964-905-768

miércoles, 15 de agosto de 2012

¿PROCEDE RETIRAR UNA DENUNCIA POR VIOLENCIA FAMILIAR?


La mujer que fue agredida por su pareja con una barra de metal decidió dejar el hospital e ir por sus hijos. 
Noemí Cecilio dijo que Felipe Salas Gaspar la amenazó con quitarle a sus hijos por lo que dejó la sala de emergencias del hospital de Puente de Piedra.Por la tarde, la víctima de intento de feminicidio pretendió retirar la denuncia ante el Poder Judicial del Cono Norte.
¿Procede retirar una denuncia por violencia familiar?
La respuesta es NO. Estos delitos son perseguibles de oficio y son tramitados por el aparato estatal por el interés sancionador que tiene la justicia.
El retiro de los cargos, no es materia disponible por parte de la víctima.

martes, 31 de julio de 2012

A las Once - Verdurita - El Payaso Asesino - 16/07/2012

LA NOTA COMPLETA  SOBRE ESTE CASO DE FEMINICIDIO

OTRO CASO DE FEMINICIDIO


Verdurita el payaso asesino, en vivo -
 A LAS ONCE
AMÉRICA TV
Jesica Tapia entrevista a los padres de la víctima y al abogado, Dr. Miranda

Red de estafadores en venta de autos, automotriz Palace International - ...

Mujer pide extradición de su esposo residente en Japón PRIMERA NOTICIA

Menores de edad roban con impunidad A LAS ONCE

RADIO CAPITAL :Alto a la Violencia contra los Menores, análisis legal


¡BASTA YA!
NO A LA VIOLENCIA CONTRA MENORES
MONICA DELTA ENTREVISTA A ROBERTO MIRANDA
RADIO CAPITAL

domingo, 8 de julio de 2012

domingo, 1 de julio de 2012

DEUDOR ALIMENTICIO SERA EXTRADITADO DE ESPAÑA

Peruano será extraditado de España por juicio de alimentos AMERICA TV


EL ESTADO PERUANO EXTRADITABA DELINCUENTES COMUNES POR NARCOTRAFICO, TERRORISTO Y CORRUPCION, AHORA LES TOCÓ A QUIENES INCUMPLEN SUS OBLIGACIONES ALIMENTARIAS.

POLICIAS TORTURADORES SIGUEN LIBRES

ALTO A LA VIOLENCIA   POLICIAL !!!
Joven universitario es golpeado brutalmente por policías

BULLYING : Dos años después de ser víctima de bullying, Clinton Maylle


VER INFORME COMPLETO DE ESTE CASO QUE CONMOVIO A LA OPINION PUBLICA.
CLINTON MAYLLE ES EL SIMBOLO DE LA LUCHA CONTRA EL BULLYING.

Hombres violentados por sus parejas


CASOS  DE HOMBRES QUE TAMBIEN SON VICTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR.
LAS ESTADISTICAS ARROJAN PORCENTAJES MINIMOS, DEBIDO A  LA VERGUENZA EN DENUNCIAR ESTOS HECHOS.

RBC - La Violencia contra la Mujer y Campaña "Alto a la Violencia" de la...


Informe especial sobre la Violencia contra la Mujer, en el cual se incluye información sobre la Campaña "Alto a la Violencia" de la Sociedad Bíblica Peruana, transmitido por el Programa "Juez Justo" que se trasmite los sábados a las 8 pm por RBC Televisión.

lunes, 18 de junio de 2012

Proyecto para eliminar beneficios penitenciarios en casos de violencia f...

JULIANA OXENFORD ENTREVISTA A DRA. CAROLINA MIRANDA EN ESTE INTERESANTE TEMA DEBATIBLE POR LA CIUDADANIA.

Violencia familiar, agresión de hombres contra mujeres RADIO CAPITAL

¿QUÉ ESTA PASANDO CON NUESTROS MEDICOS LEGISTAS?

¿LOS MEDICOS LEGISTAS SON INFALIBLES?
ELLOS  MUCHAS VECES CALIFICAN COMO  LEVES CUANDO LAS LESIONES SON GRAVES , Y SUS ERRORES EN LA PROGNOSIS DE LA LESION  DEJAN IMPUNES A LOS AGRESORES.
ENTREVISTA EN RADIO CAPITAL CON AUGUSTO ALVAREZ RODRICH


domingo, 10 de junio de 2012

ANCIANO DENUNCIA ABUSOS DE INABIF E INDOLENCIA DE MINISTRA DE LA MUJER


Espera que Ministra Jara  solucione justo reclamo antes del DIA DEL PADRE.

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ANCIANO DELICADO DE SALUD DENUNCIA .-Próximos a celebrar el día del padre,  don Humberto Bravo  Díaz de  83 años quien se encuentra  en recuperación de un infarto cerebral que lo ha deteriorado considerablemente, denuncia  abuso  e indolencia  por parte de la Ministra de la Mujer, Dra. Ana Jara bajo cuya administración se encuentra el INABIF.
El octogenario reclamante es propietario de una propiedad   de  456 M2,  ubicado en Tumbes y con una buena infraestructura ,el cual  está valorizado para recibir un alquiler mensual de  S/. 2,500 nuevos soles, pero  en Marzo del 2010 el anciano aceptó darlo en alquiler  al INABIF  recibiendo un  alquiler simbólico  por la irrisoria suma de   S/.100 nuevos soles.
INABIF NO DEVUELVE LOCAL.- El local se entrega con energía eléctrica, agua potable y arbitrios al día. Además debidamente mantenido, pintado, jardines en buen estado y con todas las instalaciones de servicios funcionando (baños y sistema eléctrico).

Esta entrega en préstamo o alquiler simbólico por  01 año, viene durando hasta la fecha a pesar que el plazo del contrato está vencido.
DEUDAS DE LUZ, SERVICIOS Y MANTENIMIENTO DEFICIENTE.- Actualmente INABIF  adeuda los servicios de energía, agua, arbitrios y la penalidad por no entregar el local en los meses que se venían acumulando. A pesar de los requerimientos  y las dos cartas notariales hasta esta fecha ninguna de las 2 cartas son contestadas a satisfacción ni se ha efectuado entrega del inmueble.
Lo cierto es que a la fecha , no se le reconoce  la  penalidad que indica el contrato 6.5 meses x S/. 2,000 por mes, da un total a la fecha de S/. 13,000 (trece mil soles)
§ deuda impaga de energía y arbitrios  ascienden a más de 1,800 soles.
El local está muy maltratado, la maleza ha crecido muchísimo en los jardines y además no ha pagado los recibos de luz y agua. 

Hago responsable de este abuso y de lo que pueda ocurrir  en la salud  del  anciano a  la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

SOLICITUD:
§  Solicito.- Recibir el local en el más breve plazo posible, en las mismas condiciones para poder ocuparlo y vivir, con los pagos al día de los servicios y el mantenimiento adecuado como se entregó. Es lo justo, o acaso pretenden que reciba el inmueble y por la necesidad de vivir sea yo el que pague las deudas, sus deudas. 
Imagínense que todos los meses de alquiler de 100 soles sumados no cubren las deudas que me dejan.
§  Solicito.- El pago de la penalidad que indica el contrato 6.5 meses x S/. 2,000 por mes, da un total a la fecha de S/. 13,000 (trece mil soles)

Agradeciendo anticipadamente su gentil atención, ruego sirva interponer sus buenos oficios en virtud de la ética, justicia y la ley.

DATOS DEL
DENUNCIANTE: 

Humberto Bravo Díaz
Fecha nacimiento: 28-OCT-1928, Lima
DNI 06210400


CONTACTO: 
Humberto Bravo Mesinas 

Te. 640-6260 | Cel. 996 895 989 | RPM *576834 | Nextel: 423*4087 

miércoles, 16 de mayo de 2012

AEROMOZA ES DECLARADA CON INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE


LIBRA BATALLA LEGAL PARA QUE LINEA AEREA LA INDEMNICE 
Luego de pasar las evaluaciones médicas,la compañía de seguros calificó la Incapacidad total y permanente  de la tripulante del avión de bandera nacional, empresa que optó por  terminar el vínculo laboral con su ex-trabajadora  sin darle opción de ser reubicada en otra área de la empresa.

En agosto del año 2009, Luz Celia Del Alcázar trabajaba como aeromoza en la línea Star Perú, empresa a la que llego hacía más de 10 años. 
Su calvario  se inició cuando la  bella y espigada flight hostess cayó aparatosamente en un compartimento  abierto del avión donde trabajaba.
Producto de su caída sufrió múltiples traumatismos que la postraron hasta hoy en silla de ruedas y que han derivado en invalidez  total permanente para el empleo que desempeñaba.

ACCIDENTE DE TRABAJO. Han pasado  casi tres años desde aquel accidente y Luz aún sigue clamando la indemnización que tanto necesita para realizarse terapias y operarse de la columna con el único objetivo de volver a caminar.Ella es casada y tiene un niño de sólo 08 años.

JUICIOS A LINEA AEREA. Actualmente, ha solicitado una indemnización a la línea aérea - que  no merece  llevar la marca país  - por la suma de $ 1'650 mil dólares americanos, así como el reclamo de  Beneficios sociales ,los mismos que ascienden a S/. 174,350.40 nuevos soles.
Los responsables se encuentran procesados penalmente ante el Juzgado Penal del Callao por delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud- Lesiones culposas graves, mientras que se ha declarado Tercero Civilmente Responsable a la línea aérea.
El Juzgado Penal ha ordenado una diligencia de inspección judicial de la nave en la cual se produjeron los hechos, la misma que se llevara a cabo en breves días.

INDIFERENCIA Y MALTRATO. Lamentablemente, el maltrato sufrido y la indiferencia le han provocado un daño moral mucho más profundo que el daño emergente y el lucro cesante, pues le ha  truncado su plan de vida, su perspectiva laboral, su calidad de madre, hija y esposa,  y haberla dejado sin posibilidades de continuar en la carrera que ella optó con tanta ilusión.
Luz, desea que la empresa emplazada ceda de una vez a sus peticiones y lleguen a un acuerdo, ya que ella nunca dejará su vocación de volar y de servir.

Lista de reclamaciones y juicios a la fecha.

JUICIO  DE INDEMNIZACION
26 Juzgado CIvil de Lima
Exp. 15662-2011-47-1801-JR-Cl-26
Especialista :Verónica Coquil Oncoy
Materia: Indemnización

JUICIO PENAL POR LESIONES  CULPOSAS GRAVES
8º Juzgado Penal del Callao
Especialista: María Isabel Cermeño Román
Delito: Lesiones culposas graves
Procesados: 
  • Ronald Alberto Villa D'Luccio
  • Cemson Tupac Yupanqui Loayza
Tercero Civilmente Responsable: Star Perú ( corregir nombre de la razón social, es Star Up)

JUICIO  LABORAL
5º Juzgado Laboral de Lima
Exp. 00463-2010-0-1801-JR-LA-05
Esp.Legal: Deysi N. Cámara Sánchez
Materia: Pago de beneficios sociales

POLIZA DE SEGURO
Pendiente de liquidar y pagar

lunes, 7 de mayo de 2012

CASO DE AEROMOZA DE STAR PERU

EX- AEROMOZA RECLAMA INDEMNIZACION POR ACCIDENTE DE TRABAJO

CASO VILCA: DERECHOS QUE EL ESTADO DEBE RECONOCER AUTOMATICAMENTE

Esperemos que se lo otorguen"de oficio", y no ocurra como a Agustín Soto   (cel 992546952), Héroe de la PNP, único sobreviviente de la emboscada y masacre narcoterrorista de Aucayacu- 20 diciembre 2005-  que se encuentra actualmente en juicio contra el Ministerio del Interior ante el 55º Juzgado Civil de Lima-Exp. N° 02545-2007-0-1801-JR-CI-55.
Estos son los conceptos:

Seguro de Vida
Según D.Ley N° 25755 del 05 de octubre de 1992, reglamentado por DS.N° 009-93-IN del 22 de diciembre de 1993.  son quince unidades impositivas de tributarias, 
El Decreto Supremo 026-84-MA

1.-     Mediante el Decreto Supremo 026-84-MA, de fecha 26 de diciembre de 1984, se crea un seguro de vida equivalente a 15 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) para el personal de las Fuerzas Armadas que fallezca o se invalide en acción de armas o como consecuencia de dicha acción en tiempo de paz. Antes de que entrara en vigor esta norma, este beneficio solo se otorgaba al personal de las Fuerzas Policiales, por disposición del Decreto Supremo 002-81-IN.

2.        Recién mediante el Decreto Ley 25755, del 1 de octubre de 1992, se unifica el Seguro de Vida del Personal de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas, estableciéndose en 15 IUT y extendiéndose el beneficio, en el caso de los miembros de las Fuerzas Armadas, a los casos de muerte o invalidez producida por "Acto del Servicio, como consecuencia del Servicio y con ocasión del Servicio", conforme precisa el artículo 1 de su reglamento; el Decreto Supremo 009-93-IN. 

Adjudicación de Vivienda 

Asimismo el otro derecho que reconoce la ley es la Adjudicación de vivienda para miembros de las Fuerzas Armadas y Policiales que hayan  muerto ( DL 23694) o resultado inválidos en cumplimiento del deber - Decreto Ley N° 25964,publicado el 18 de diciembre de 1992

Ascenso póstumo
Corresponde  el ascenso póstumo según el Art. 24º   de la Ley  28857

ADEMÁS:

Una indemnización  especial  por Omisión de auxilio, abandono y exposición a peligro.

miércoles, 2 de mayo de 2012

Violación y agresión sexual a trabajadora del hogar en la Molina A LAS ONCE

VIOLACION CON AGRAVANTES
Según el art. 174º del Código Penal la violación en casos de dependencia y subordinación de la víctima es un agravante sancionado con penas de hasta 10 años de prisión.
Vea la nota completa: