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miércoles, 16 de agosto de 2017

NUEVO MODELO DE DEMANDA PATERNIDAD Y ADN SEGUN NOVISIMA LEY Nº 30628

NUEVO MODELO DE DEMANDA PATERNIDAD Y ADN SEGUN NOVISIMA LEY Nº 30628
Cuaderno Principal
Escrito N°: 01
Sumilla: DEMANDA DE FILIACION DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL.
SENOR JUEZ DE PAZ LETRADO

………………………, de nacionalidad peruana, identificada con DNI. .N° …………………….. con domicilio real en …………………….. ante Usted respetuosamente digo:
PETITORIO.-
Que al amparo de la nueva Ley Nº 30628 que modifica la Ley Nº 28457, y sus modificatorias, SIN ARANCEL JUDICIAL NI FIRMA DE ABOGADO interpongo demanda de FILIACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL, la misma que la dirijo contra ………………………….. a quien se le deberá de notificar en ………………………….. distrito de ……………., Provincia de …………………, Departamento de …………………- solicitando a su Despacho se sirva EXPEDIR SENTENCIA DECLARANDO LA FILIACION DEMANDADA, y declararlo como padre biológico y legal de nuestro menor hijo :
…………………………….. nacido el ….. de ………del 2017
Amparo mi demanda en los siguientes fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer:
FUNDAMENTO DE HECHO
1.- La recurrente fruto de nuestras relaciones (sentimentales, pre-matrimoniales, extramatrimoniales, fruto de violación etc) mantenidas con el demandado don …………………….. concebí un bebé, siendo el demandado mi única pareja sexual y progenitor del recién nacido.
2.- Que, a pesar de mis requerimientos y siendo que el demandado conoció de mi etapa de gravidez, pre-parto, parto y post-parto , nunca cubrió los gastos respectivos y mucho menos se acercó a firma ni declarar a nuestro hijo.
3.-La presente demanda surge por la necesidad de IDENTIFICACIÓN Y RECONOCIMIENTO PLENO de la filiación de nuestro menor hijo.
4.- Que, en el caso hipotético que el demandado formule OPOSICIÓN pido se sirva disponer la prueba científica del ADN.
PRETENSION ACUMULATIVA
5.- Asimismo, EXIJO el pago de alimentos a favor de mi menor hijo por la suma de S/……………..a efectos cubra sus necesidades de alimentación, vestido, salud y otros gastos afines,los cuales acredito con las pruebas qie adjunto.
6.- Asimismo, pongo en su conocimiento que el demandado tiene una posición económica holgada percibiendo mensualmente la suma de S/……………, en su calidad de trabajador dependiente de la empresa …………, la misma que deberá ser notificada en ………………….. con el propósito de informar sobre sus actuales ingresos.
FUNDAMENTO DE DERECHO.-
Amparo mi demanda en la Ley 30628 que permite la demanda acumulativa de filiación y alimentos que modifica a la Ley No. 28457 que reconoce el derecho de recurrir al Juez de Paz Letrado para solicitar reconocimiento de filiación extramatrimonial.
Art. 386º del C.C. que establece como hijos extramatrimoniales los nacidos fuera del matrimonio.
Art. 387º del C.C. que establece que el reconocimiento y la sentencia declaratoria de paternidad o maternidad son los únicos medios de prueba de la filiación extramatrimonial.
MONTO DEL PETITORIO.-
1.- La suma mensual y adelantada de de S/…………….. soles .
VIA PROCEDIMENTAL.-
1.- El presente proceso se debe tramitar por el PROCESO ESPECIAL
MEDIOS PROBATORIOS.-
1.- Acta de Nacimiento de nuestro menor hijo
2.- Certificado Inscripción RENIEC del demandado.
3.- Recibos de gastos de alimentos de ambos niños.
Que en caso el demandado formule oposición pido se actúe prueba de ADN.
ANEXO
Adjunto como anexos:
1A.- Copia de mi DNI
1B.- Acta de Nacimiento
1C.-Certificado Inscripción RENIEC del demandado.
1D.- Recibos de gastos de alimentos de ambos niños.
POR TANTO :
PIDO A UD. SEÑOR JUEZ ACCEDER A MI DEMANDA.
Lima, 16 de agosto del 2017.
…………………………………
NO FIRMA ABOGADO Firma de madre demandante
EXONERADO POR LEY 30628

miércoles, 9 de agosto de 2017

Feminicida de Tarapoto podría recibir cadena perpetua


Fernando Ruiz del Águila (45), quien quemó viva a su ex pareja y madre de sus cuatro hijos, la estilista Marysella Pizarro Tuanama (41), pasará directamente del Hospital de Contingencia de Tarapoto donde sigue internado bajo custodia policial, a una prisión por el resto de su vida.

El abogado penalista Roberto Miranda explicó que como hubo una relación sentimental de todas maneras configura feminicidio. Además, el uso de fuego es considerado por la ley como crueldad, es decir, un agravante, por lo que se aplicaría cadena perpetua. 
 
“Incendiar o usar un arma de fuego no es para asustar, sino para matar asesinar, tiene una intención criminal. La sanción es no menor de 25 años de prisión, pero el artículo 108 B del Código Penal señala que puede llegar a cadena perpetua”, explica el letrado.


severó que Ruiz planificó todo. “Aquí hubo premeditación, alevosía, ventaja y crueldad por la forma como ha actuado, hay ensañamiento”.
 

SOLICITAN PRISIÓN

La fiscal provincial de San Martín, Nelly Verona Farro, abrió investigación contra Fernando Ruiz por feminicidio en agravio de Marysella y tentativa de homicidio contra Tirsa Cachique, dueña del salón. Igualmente, pidió nueve meses de prisión preventiva. 
 
En tanto, el jefe de la región policial de San Martín, coronel Ramiro Gálvez, confirmó que Ruiz reconoció que actuó por celos, pues Marysella no quiso volver con él. “Además hay grabaciones donde se ve al sujeto perpetrar el ataque con gasolina en la peluquería Tirsa Fashion”.
 

“ES UN PSICÓPATA”

Doña Elia Tuanama, madre de la víctima, contó que su ex yerno siempre golpeaba a Marysella. “Su hobby era maltratar a mi pobre hija, no la respetaba, ese un psicópta, machista, sinvergüenza”, sollozó en el velorio en el Jr. Progreso, en el centro de la ciudad. Por la tarde, sus restos fueron llevados hasta el cementerio Paraíso Eterno, del distrito de Banda de Shilcayo, para darle el último adiós. 

lunes, 7 de agosto de 2017

Policía acusado de múltiples violaciones podría ser condenado a cadena perpetua



El abogado penalista Roberto Miranda Moreno dijo que bastará que se confirme que una de las víctimas tiene diez años de edad para que le den la pena máxima.
 
“El caso de violación sexual tiene que ver mucho con la edad de la víctima. Si es de 0 a 10 años, la pena es de cadena perpetua; de 10 a 14 años se aplican de 30 a 35 años. En este caso, la situación se agrava porque se trata de un policía”.
 
“Basta con que haya un menor de diez años y le dan cadena perpetua, pero tiene que estar comprobado, acreditado con el examen médico forense que diga que hubo violación, la prueba de integridad física sexual y las declaraciones por cámara Gesel de los menores”, acotó.
 
Sobre los otros cargos atribuidos por la fiscalía como pornografía infantil, la pena es de diez a 12 y, por actos contra el pudor, seis años.
 
La fiscal provincial de Huánuco, Grace Pérez Terrazas, investiga al policía, que durante 12 años tuvo a su cargo la oficina que organizaba los programas de vacaciones útiles. También indaga si otros efectivos están involucrados en los presuntos abusos sexuales. 

Violador de discoteca iría 15 años a la cárcel




El fiscal provincial de Santa Anita, Carlos Castañeda Barrios, abrió investigación preliminar contra el autor de la violación sexual contra una joven ocurrida en la discoteca Fuego de ese distrito, al parecer, en julio del año pasado.


VIDEOS DE SEGURIDAD

El magistrado de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita solicitó a la municipalidades de Santa Anita y Ate-Vitarte brindar información para sustentar la ubicación del local nocturno, a fin de solicitar videos de la cámara de videovigilancia.
 

CITARÁN A DUEÑO

Igualmente, citará al dueño de la discoteca, William Salazar Villano, así como a su personal de seguridad que grabó la repudiable escena sin auxiliar a la inconsciente víctima. También dispuso que la División de Investigación Criminal de Ate-Santa Anita investigue por un plazo no mayor de 30 días. 
 

COORDINAN CON PNP

También se coordina con la Policía Nacional y el Ministerio de la Mujer, la identificación del agresor, que se llamaría Walter y cuyo rostro se muestra en el video. Apenas sea identificado, será citado para dar su versión de los hechos.
 

HASTA 15 AÑOS DE PENA

El abogado penalista Roberto Miranda Moreno explicó que la pena por violación sexual de una mujer bajo estado de inconsciencia, que se considera como un agravante, es de 10 a 15 años de cárcel, como indica el artículo 171 del Código Penal. “El dueño de la discoteca puede ser incluido como tercero civilmente responsable por permitir que se cometan estos actos dentro de su local”, precisó el letrado.
 

TAMBIÉN TESTIGOS

Respecto a las personas que filmaron el acto serían denunciadas por omisión al auxilio u omisión a denuncia. La pena es de hasta 3 años. 
 
“Ellos debieron usar esas imágenes para denunciar la violación, pero solo la subieron a las redes sociales y podrían ser denunciados también por el delito de violación a la intimidad, cuya pena sería de un año de cárcel”.
 

DEBE HABER DENUNCIA

Sin embargo, para que se condene al violador tiene que haber obligatoriamente denuncia de la joven ultrajada. “Si no hay denuncia entonces él solo podría ser denunciado por actos contra el pudor porque tuvo sexo delante de gente y en un lugar público, como señala el artículo 182, que lo sanciona con una pena de 2 a 4 años de cárcel”.
 

POR INSULTAR EN REDES

De otro lado, para las personas que en Facebook u otras redes sociales aprueban el accionar del sátiro e insultan a la mujer por estar presuntamente ebria, el artículo 323 del Código Penal sanciona esto con 3 años de cárcel por discriminación a las personas. 
 

COLECTIVOS SE PRONUNCIAN

Colectivos como Ni una menos se pronunciaron para condenar este monstruoso acto y a quienes culpan a la joven en redes sociales. “No importa cómo estabas vestida. Si era de madrugada. Si no conocías a nadie. Si tus amigas ya se habían ido. Si tomaste hasta desmayarte. Si perdiste el control. Una violación es una violación”.