Vistas de página en total

lunes, 26 de diciembre de 2011

HOY SENTENCIAN A MEDICO DEL REBAGLIATI ACUSADO DE NEGLIGENCIA


JUSTICIA PARA JOVEN  LORENA 
Fecha: Martes 27 diciembre
Lugar :35 Juzgado Penal de Lima
Hora : 10 am
Sede : Jr. Aurelio Miroquesada- Esq Av. Abancay
Si, el acusado  no concurre al Juzgado a las 10 am, sentencia  será  en su propio domicilio  a las 3pm.

             Han trascurrido más de 3 años y 8 meses  y la  batalla legal de Lorena Azabache Kawajigashi, podría culminar hoy.
La lectura de sentencia contra el Dr. Carlos Jesús León  Nakamura  será  a las  10 am en el 35ª Juzgado Penal de Lima – Edificio de Jr. Miroquesada esquina con Av. Abancay -  que despacha la magistrada Mercedes Gómez Marchisio.
             La historia empieza el  03 de Marzo del 2008, cuando  Lorena fue intervenida por el citado médico ginecólogo en el Hospital Rebagliati por un supuesto cáncer de ovario.
Este errado diagnóstico médico produjo en la operación la extirpación del útero y el corte del colon.

             Lo cierto es que Lorena nunca tuvo cáncer  sino TUBERCULOSIS INTESTINAL, diagnóstico con el cual venía de la ciudad de Trujillo.
Ahora faltan sólo 09 meses para que prescriba el delito y se archive la causa;   y  el médico acusado por la fiscalìa a tres años de pena privativa de libertad, no se presentò en dos oportunidades anteriores  a la lectura de sentencia.Es por eso que el juzgado dispuso que la sentencia se`ria a las 10 am  en la sede judicial, caso contrario la Jueza leerá la sentencia en casa del médico, mañana mismo a las 3 de la tarde. 

jueves, 15 de diciembre de 2011

FUTBOL: Campaña Renunciemos a la Violencia

Si yo hubiese sabido que el fútbol iba a terminar en una historia de violencia,
hubiese preferido no ser parte de la historia del fútbol”, ...

Oswaldo "Cachito" Ramírez  en spot contra la violencia en el fútbol

Su caso podría ser prescrito hasta setiembre de 2012

Joven denuncia a médico por extirparle ovarios y útero por error

Florita Kawajigashi denuncia al doctor Carlos León Nakamura por negligencia médica luego de le extirpara el útero y los ovarios a su hija Lorena Azabache, de 22 años en el 2008. Si no se dicta una sentencia este año, su caso se prescribirá en setiembre de 2012.
La joven se trasladó a Lima desde Trujillo para someterse a una operación de emergencia por tuberculosis intestinal, sin embargo luego de una ecografía y examen de sangre, su caso fue derivado al área de ginecología. Ahí, León le dijo que tenía un tumor en el ovario pero nunca le explicó que podría extirparle el útero.
En la primera operación, León cortó el colon pensando que era una masa bajo el útero, dañando el útero, el cual tuvo que ser retirado en su totalidad en una segunda intervención quirúrgica. Finalmente en el 2011, se sometió a una cuarta operación con otro ginecólogo para reparar el daño que hizo León Nakamura.
Luego de 3 años, la Fiscalía solicitó 3 años de cárcel para León Nakamura y el pago de 150 mil soles como reparación civil, sin embargo, la deuda por gastos médicos de la joven ascienden a un millón y medio de soles.

lunes, 12 de diciembre de 2011


Asesinan a pastora de la Iglesia Evangélica "El Shaddai"

LUNES, 12 DE DICIEMBRE DE 2011 00:42

Lima.- El hampa no tiene límites. Cuando celebraba un culto ante numerosos fieles, la pastora de la iglesia evangélica El Shaddai de Condevilla, San Martín de Porres, Elsa Rosa Gómez Guzmán (50), fue asesinada de dos balazos por un pistolero para, aparentemente, despojarla de los diezmos de la Iglesia.

Según la policía, fueron tres los sujetos que a las 8:30 pm ingresaron ala Iglesia, ubicado en la cuadra 39 de la avenida José Granda y sin importarle la presencia de los fieles, uno de los pistoleros de tez morena con una cicatriz en la mejilla derecha fue quien disparó a Elsa Gómez en el tórax y abdomen, debido a que ella se habría resistido al atraco para evitar que se lleven el dinero de los diezmos y ofrendas que en esa noche se había recaudado.

Consumado el crimen y al no poder robar el dinero, los hampones escaparon con rumbo a la Av. Universitaria.

La pastora fue evacuada al hospital Negreiros en el Callao, donde falleció. Vecinos de la zona se quejaron de la falta de patrullaje policial. Familiares de la occisa estaban afligidos.


Autor de múltiples choques y muertes en la Vía Expresa podría  ser condenado a más de 15 años de prisión

PERCY MOSCOL NO SALDRA DE LA CARCEL

Percy Moscol autor de  las muertes  de  Pedro Simón Chavarria y Jacqueline Huamaní Cárdenas en la Vía Expresa,  así lesiones graves  y daños materiales ,   el pasado 24 de setiembre , no saldrá de la cárcel.
La  abogada, Dra. Carolina Miranda, quien representa  a los deudos de  una de las fallecidas fatalmente, doña Jacueline Elizabet Huamaní Cárdenas informó  esta mañana que el Colegiado  de la Tercera Sala Penal  para procesos con reos en cárcel, integrado por los magistrados Jerí Ciosneros, Menacho Vega y León Sagástegui decidió confirmar la DETENCION por los   06 siguientes delitos :
  • Homicidio 
  • Lesiones graves
  • Fuga del lugar del accidente de tránsito
  • Omisión de socorro y exposición a peligro
  • Denuncia calumniosa - falsa
  • Encubrimiento personal
Como se recordará , Moscol habría hecho piques  en Vía Expresa y luego del accidente "armó una escena falsa" denunciando el robo de su vehículo.
La  sumatoria de penas contra Moscol podría llevarlo a sufrir prisión mayor  a 15 años y el pago de una Reparación Civil.

Dra. Carolina Miranda
Cel. 995-388-178

sábado, 10 de diciembre de 2011

ADOLESCENTES DELINCUENTES

¿DEBEN SER SANCIONADOS PENALMENTE LOS ADOLESCENTES COMO SON SANCIONADOS LOS MAYORES DE 18 AÑOS?
AMERICA TV
PROGRAMA "A LAS 11 EMPIEZA LA NOCHE"
INFORME DE DAVID GOMEZ FERNANDINI


Resumen
La policía capturó a Anderson Jesús Erquinio Chanco un sujeto que violó a un niño de 5 años en Chaclacayo. Éste realizó el abuso 4 horas antes de cumplir 18 años y por lo tanto será juzgado como un adolescente por lo que se considera una falta y no un delito lo que hizo.

En la legislación peruana, los adolescentes que tienen menos de 18 años no pueden ser juzgados bajo el Código Penal ya que no se considera que hayan cometido un delito sino una falta. El abogado Roberto Miranda explica que esto se debe a que se contempla que el acusado puede reformarse.

En otros países, los adolescentes si pueden ser juzgados como adultos dependiendo del caso como por ejemplo el de Leonel Contreras y William Rodríguez Stevenson ambos de 16 años acusados de violar a una joven.

Miranda sostiene que deberían ser imputables las personas desde los 16 años pues en esa edad pueden contraer matrimonio, expresar su libertad sexual y firmar hijos. En Perú, el caso más polémico es el de ‘Gringasho’ el sicario más joven presunto responsable de 9 homicidios y que habría comenzado su carrera a los 12 años.

DISCRIMINACION SE SANCIONA CON 03 AÑOS DE PRISION


ES DELITO TIPIFICADO EN EL CODIGO PENAL

DISCRIMINACIÓN
     Artículo 323.- El que, por sí o mediante terceros, discrimina a una o más personas o grupo de personas, o incita o promueve en forma pública actos discriminatorios, por motivo racial, religioso, sexual, de factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión política o de cualquier índole, o condición económica, con el objeto de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años, ni mayor de tres o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.
     Si el agente es funcionario o servidor público la pena será no menor de dos, ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme al inciso 2) del artículo 36.
     La misma pena privativa de libertad se impondrá si la discriminación se ha materializado mediante actos de violencia física o mental. 


¿Discriminación en UVK Larcomar?

Viernes 09 de diciembre del 2011 | 09:16

Pierina Papi del blog Cucharas Bravas relató cómo su amigo fue impedido de reingresar a las salas de cine a causa de su apariencia.

Foto: @Pierina_Papi
Foto: @Pierina_Papi


   Según Papi, el hecho ocurrió luego de que su amigo Ricardo   saliera un momento de la sala de cine – en donde veía una película – para ir al baño. Al intentar reingresar al recinto, el personal del multicine le prohibió la entrada diciéndole “no seas pendejo, qué vas a tener una entrada tú”.


La discriminación de personas por raza, sexo o creencias religiosas está prohibida en nuestro país según la ley deProtección al Consumidor Nº 27049, Artículo 7Bº. Su incumplimiento puede acarrear multas y la clausura temporal del local.


Del mismo modo, la Municipalidad de Miraflores prohíbe todo tipo de discriminación mediante su ordenanza N° 294 del 2008 .

MAÑANA TODOS A CORRER POR ROMINA

SOY EL Nº 494  Y ESPERO  CORRER EN SOLIDARIDAD DE LA NIÑA SIMBOLO DE LA LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA Y VIOLENCIA EN EL PAIS

GRACIAS A TODOS  POR ACOMPAÑARNOS
MIEMBROS DE MI  BUFFETT, ESPOSA  E HIJA  ESTAREMOS MUY TEMPRANO PARA CORRER EN ESTA CARRERA 6K.
¡ VAMOS ROMINA !


viernes, 2 de diciembre de 2011

DENUNCIAN AGRESION POLICIAL A CIUDADANA


Shirley Iparraguirre, ex cantante de la agrupación de cumbia 'Las hijas de su madre', denunció haber sido víctima de maltrato físico por parte de la suboficial Milagros Suarez Horna, luego de que le impusiera una papeleta por revisión técnica.

Según Iparraguirre, al ver que la suboficial escribió en la papeleta que ella había cometido agresión física, le empezó a reclamar.

Aunque reconoce que no reaccionó adecuadamente por sufrir un ataque de nervios, asegura que iniciará una demanda en contra del capitán de la Dirección de la Policía de Tránsito Sur 1, quien también habría sido el responsable de las lesiones.

Fuente: A las Once de AMERICA TV
Emitido: 30 de noviembre 2011

jueves, 1 de diciembre de 2011

Negligencia Médica a Lorena en Hospital Rebagliati

NEGLIGENCIA MEDICA EN EL HOSPITAL REBAGLIATI
LORENA AZABACHE RECLAMA JUSTICIA

ROMINA: CARRERA DE SOLIDARIDAD

INSCRIBETE Y SÉ PARTICIPE DE LA RECUPERACION DE ROMINA

¡ TODOS A CORRER ESTE 11 DE DICIEMBRE !



Han transcurrido 3 años y 8 meses y proceso podría prescribir en breve
MEDICO ACUSADO DE NEGLIGENCIA REHUYE  LECTURA  DE  SENTENCIA

Foto de Lorena Azabache , hoy 01 de diciembre 2011

Han trascurrido más de 3 años y 8 meses  y la  batalla legal de Lorena Azabache Kawajigashi, no tiene sentencia de primera instancia.

Es la segunda vez que se frustra  por inconcurrencia del acusado, la lectura de sentencia contra el Dr. Carlos Jesús León  Nakamura en el 35ª Juzgado Penal de Lima que despacha la magistrada Mercedes Gómez Marchisio.

La historia empieza el  03 de Marzo del 2008, cuando  Lorena fue intervenida por el citado médico ginecólogo en el Hospital Rebagliati por un supuesto cáncer de ovario.

Este errado diagnóstico médico produjo en la operación la extirpación del útero y el corte del colon.

Lo cierto es que Lorena nunca tuvo cáncer  sino TUBERCULOSIS INTESTINAL, diagnóstico con el cual venía de la ciudad de Trujillo.
Ahora faltan sólo 09 meses para que prescriba el delito y se archive la causa;   y  el médico acusado por la fiscalìa a tres años de pena privativa de libertad, no da la cara y arguye una dolencia.

El juzgado  en vez de ordenar su ORDEN DE CAPTURA , acaba de ordenar un examen medico-legal  a fin de determinar si es una enfermedad invalidante la que sufre el acusado.
La familia de Lorena  exige la detención inmediata de este mal profesional que dejó discapacitada a la joven Lorena.


Alto-a-la-Violencia.jpg

::::::::::: ÚLTIMOS INFORMES DE LA CAMPAÑA “ALTO A LA VIOLENCIA”

1.     CASO ELIZABETH ALANYAMujer que fue quemada con agua hirviendo por su pareja
            CORTE   ELEVA REPARACIÓN CIVIL A 150 MIL NUEVOS SOLES 
DSC_0014.JPG

Hoy, Jueves 01 de Diciembre, la Corte Superior de Justicia elevó la reparación civil que deberá pagar su agresor Julio Jaime Sal y Rosas y 150 mil nuevos soles, un nuevo RECORD INDEMNIZATORIO en el Perú en casos de violencia doméstica. Como se sabe, el Juzgado de Primera Instancia había fijado en 50 mil nuevo soles la reparación civil, mientras que la Fiscalía lo hizo en 80 mil nuevos soles. Sin embargo, la Campaña “Alto a la Violencia” que lleva el caso de Elizabeth solicitó 500 mil nuevos soles.

Este monto record de más de 50 mil dólares no sólo se constituye en una sanción intimidadora para los futuros agresores sino que permitirá que el tiempo de permanencia en la cárcel del agresor se extienda mientras este no cumpla con el pago respectivo.


2.     CASO NIÑO EDISON. Golpeado brutalmente por rayar un auto
                 NUEVA EVALUACION   OFTALMOLOGICA   ACREDITARIA LESIONES GRAVES

Edison - Nueva evaluacion sicologica.jpg

SE REALIZA NUEVO EXÁMEN OFTALMOLÓGICO

Por orden de la Juez Lourdes Nelly Ocares Ocho, hoy Jueves 01 de Diciembre, se está realizando en el Instituto Nacional de Oftalmología(INO) un nuevo examen al niño Edison a fin de determinar si hubo lesiones graves. De confirmarse esto último el agresor, Luis Percy Torres Oré, podría ir a prisión y asumir la reparación civil correspondiente.
El resultado del examen será remitido directamente al Segundo Juzgado del Módulo Básico de Los Olivos en unos pocos días.

lunes, 28 de noviembre de 2011

RECOMPENSA POR VIDEO DE OYARCE CARECE DE REQUISITOS LEGALES


CASO OYARCE

PADRE DE "LOCO DAVID"  NO PRECISA OBJETO DE LA RECOMPENSA

El anuncio publicado en algunos medios bajo el titulo RECOMPENSA no precisa monto, plazo ni formato de presentación del video,  que lo haga exigible por parte del interesado, sólo  se limita a  dar un correo electrónico: laverdaddelclasico@gmail.com
Esta promesa pública adolecería de precisiones con respecto al  objeto de la recompensa  o prestaciòn ( dinero, pasajes aéreos, bien mueble o inmueble, diploma de honor,  etc).
¿Qué pasarìa si más de una persona tiene el video requerido?
  La familia de David Sánchez Manrique Pancorvo, principal acusado de la muerte del joven Walter Oyarce, ofrece una recompensa a quienes aporten la grabación del momento preciso en que el hincha blanquiazul cae mortalmente desde un palco del estadio Monumental, el pasado 24 de setiembre. 
Sin duda, una RECOMPENSA  irregular que podría traerle al padre del LOCO DAVID más problemas y dolores de cabeza.

LO QUE DICE LA LEY

Promesa pública
Artículo 1959.-
Aquel que mediante anuncio público promete unilateralmente una prestación a quien se encuentre en determinada situación o ejecute un determinado acto, queda obligado por su promesa desde el momento en que ésta se hace pública.
Exigibilidad de la prestación ofrecida
Artículo 1960.-
Cualquiera que se encuentre en la situación prevista en la promesa o haya ejecutado el acto contemplado en ella, puede exigir la prestación ofrecida.
Si varias personas tuvieran derecho a dicha prestación, ésta corresponde a aquélla que primero dé noticia al promitente de encontrarse en la situación o haber ejecutado el acto.(*)

Promesa pública sin plazo determinado
Artículo 1962.-
La promesa pública sin plazo de validez determinado, bien sea por no haberlo fijado el promitente o por no resultar de la naturaleza o finalidad de la promesa, obliga al promitente sólo por el plazo de un año contado a partir del momento en que se hizo pública.
Revocación de promesa pública
Artículo 1963.-
Toda promesa al público puede ser revocada por el promitente en cualquier momento.
Empero, si fuese con plazo de validez determinado, sólo por justo motivo podrá ser revocada por el promitente dentro del indicado plazo, con cargo de indemnizar los daños y perjuicios que la revocación ha causado a quienes justificadamente depositaron su confianza en la vigencia de la promesa.

domingo, 27 de noviembre de 2011

PERU : ASESORIA LEGAL Y DEFENSA JUDICIAL

     Visítanos:     http://www.mirandamorenoabogados.com/web/

CONSULTAS LEGALES  ON  LINE

TODAS LAS CONSULTAS SON GRATUITAS Y DE ACUERDO A LA LEGISLACION PERUANA.
Favor de exponer en forma ordenada y  breve  la materia a consultar en español o en inglés.
Escríbenos a: mirandaperu@hotmail.com 

GROMMING: DELITO SEXUAL CIBERNETICO IMPUNE

¿Sabe con quién conversa su hijo por el internet?
de En línea punto com, el miércoles, 11 de agosto de 2010 a las 23:53
Por Roberto Miranda
El acoso sexual a través del internet es llamado "Gromming". 
El “gromming” es una nueva modalidad delictiva que consiste en el contacto previo , las insinuaciones y la seducción de menores por parte de los ciber-violadores que obtienen información de sus víctimas camuflándose en una falsa identidad. Es el primer paso o delito preparatorio para la violación de menores, que se hace a través del Internet; y sin embargo, no está legislada en nuestro país.
Generalmente, los ciber-seductores y violadores se ocultan en las redes sociales y los messengers, seducen a menores de edad, les solicitan fotos cada vez más calientes o poses y desnudos a través de las camaras web; antes de lograr consumar la violacion o la ofensa contra el pudor.
Según el abogado penalista, Roberto Miranda, esto estos actos quedarían impunes al no estar tipificados en el código penal peruano.
En países anglosajones ya está legislado la modalidad de acoso denominado “gromming”, una forma de ofensa contra el pudor “on line”.
El “grooming” es un delito preparatorio de otro de carácter sexual más grave. Es un conjunto de acciones que se inician vía Internet, en el que un adulto, “prepara el terreno” para seducir a sus víctimas, generalmente menores de edad.
¿Dónde está penalizado? 


En Alemania se sanciona al que ejerce influencia sobre el menor por medio de la exhibición de ilustraciones o representaciones pornográficas o por dispositivos sonoros de contenido pornográfico o por conversaciones en el mismo sentido con una pena privativa de libertad de tres meses hasta cinco años;

El ordenamiento australiano también sanciona el uso de servicios de transmisión de comunicaciones por medios electromagnéticos para procurar que una persona se involucre, tiente, aliente, induzca o reclute, en actividades sexuales a personas menores de 16 años de edad con una pena de 15 años de prisión.

En Escocia se contemplan normas sobre grooming, pero lo llaman “reunión con un menor de 16 años después de algunos contactos preliminares” a través del chat y contempla una pena máxima de 10 años de cárcel.

En Estados Unidos se prohíbe transmitir datos personales de un menor de 16 años con el fin de cometer un delito de carácter sexual. En el estado de Florida, en 2007, se aprobó la Ley de Ciber-crímenes contra Menores, la que sanciona a quienes se contacten con menores por Internet y luego sostengan encuentros con el fin de abusar sexualmente de ellos. La ley obliga a los delincuentes sexuales a registrar con la policía sus direcciones de correo electrónico y los nombres que utilizan en los servicios de mensajería instantánea.

La Convención sobre la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual, 2007, es el primer documento internacional que señala como delitos penales las distintas formas de abuso sexual de menores, incluyendo el grooming y el turismo sexual.






Las cuatro etapas del grooming:

1 etapa: Generar un lazo de amistad con un menor fingiendo ser un niño o niña

2 etapa: Obtener información clave del menor víctima de grooming.

3 etapa: Mediante seducción, conseguir que el menor frente a la webcam del

computador se desvista, se haga tocaciones, se masturbe o realice otro tipo de expresiones de connotación sexual.

4 etapa: Inicio del ciber-acoso, dando inicio a la fase de extorsión de la víctima, con el objeto de obtener material pornográfico, o bien el contacto físico con el menor para concretar un abuso sexual.


CODIGO PENAL PERUANO(*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley N° 28251, publicada el 08-06-2004, cuyo texto es el siguiente:


“Artículo 183.- Exhibiciones y publicaciones obscenas

Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años el que, en lugar público, realiza exhibiciones, gestos, tocamientos u otra conducta de índole obscena.

Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años:


1. El que muestra, vende o entrega a un menor de dieciocho años, por cualquier medio, objetos, libros, escritos, imágenes, visuales o auditivas, que por su carácter obsceno, pueden afectar gravemente el pudor, excitar prematuramente o pervertir su instinto sexual.


2. El que incita a un menor de dieciocho años a la práctica de un acto obsceno o le facilita la entrada a los prostíbulos u otros lugares de corrupción.


3. El administrador, vigilante o persona autorizada para controlar un cine u otro espectáculo donde se exhiban representaciones obscenas, que permita ingresar a un menor de dieciocho años.


Artículo 183-A.- Pornografía infantil


El que posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa o publica, importa o exporta por cualquier medio incluido la internet, objetos, libros, escritos, imágenes visuales o auditivas, o realiza espectáculos en vivo de carácter pornográfico, en los cuales se utilice a personas de catorce y menos de dieciocho años de edad, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y con ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días multa.


Cuando el menor tenga menos de catorce años de edad la pena será no menor de seis ni mayor de ocho años y con ciento cincuenta a trescientos sesenta y cinco días multa.


Si la víctima se encuentra en alguna de las condiciones previstas en el último párrafo del artículo 173, o si el agente actúa en calidad de integrante de una organización dedicada a la pornografía infantil la pena privativa de libertad será no menor de ocho ni mayor de doce años.


De ser el caso, el agente será inhabilitado conforme al artículo 36, incisos 1, 2, 4 y 5.”

SOCIEDAD BIBLICA CONTRA LA VIOLENCIA INTRA FAMILIAR

JESUS Y EL TRATO A LA MUJER:
Y, mujer, ¿dónde están todos? ¿Ya nadie te condena?»
11 Ella dijo: «Nadie, Señor.»
Entonces Jesús le dijo: Tampoco yo te condeno.

San Juan 8: 10-11

Luego de leer este pasaje bíblico, Nos preguntamos por qué esta turba no trajo al hombre adúltero
para apedrearlo también ?.
Es acaso que sólo la mujer tenía que ser ajusticiada?
La actitud de Jesús en esa sociedad machista fue revolucionaria.

viernes, 25 de noviembre de 2011

MAGALY SOLIER : TUKUCHUN CHAY NAKARICHIY


RPP - Elizabeth Alanya se presenta a nombre de la Campaña "Alto a la Vio...

BASTA DE VIOLENCIA

Nuevo examen para determinar lesiones leves o graves en caso del niño go...

AGRESOR DE NIÑO EDINSON PODRIA IR A LA CARCEL
DE PROBARSE QUE SE TRATARON DE LESIONES GRAVES

Impacto en las calles por Dia Internacional de la NO violencia contra la...

Campaña Alto a la Violencia sale a las calles

UNA GRAN JORNADA CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO

RPP - Elizabeth Alanya se presenta a nombre de la Campaña "Alto a la Vio...

ALTO A LA VIOLENCIA
EN VIVO

¿FEMENICIDIO? TV 24 HORAS

UNA LEY QUE PRETENDE DARLE APELLIDO A UN DELITO YA EXISTENTE

MAGALY SOLIER Y ELIZABETH ALANYA JUNTAS CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR

CAMPAÑA " ALTO A LA VIOLENCIA"

LA DESTACADA ACTRIZ MAGALY SOLIER Y ELIZABETH ALANYA, MUJER SIMBOLO DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, SE UNIERON PARA LUCHAR CONTRA LA VIOLENCIA DE GENERO QUE AZOTA NUESTRO PAIS.
LAS CIFRAS  SUBEN Y LOS CASOS SON CADA VEZ MAS FRECUENTES, PERO LA LUCHA CONTINUA.
MAGALY COMPUSO CANCIONES QUE NARRABAN LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER ANDINA Y SUS CANCIONES HAN CALADO HONDO EN LA SENSIBILIDAD DE LA GENTE.
POR SU PARTE ELIZABETH ESTA MOSTRANDO SU AFAN DE SUPERACIÓN Y RECUPERACION DE SU AUTOESTIMA.
LA CAMPAÑA "ALTO A LA VIOLENCIA" ES PATROCINADA POR LA SOCIEDAD BIBLICA PERUANA AC.

jueves, 24 de noviembre de 2011


   MAGALY SOLIER VISITO A NIÑA ROMINA 

   
Esta tarde como parte de la Campaña  ALTO A LA VIOLENCIA , Magaly Solier visitó a la niña Romina Cornejo  expresando a   la familia su solidaridad ,y  comprometiendo  su apoyo en el evento pro-fondos CARRERA POR ROMINA 6K que se llevará a cabo el próximo 11 de diciembre.
Romina mostró sus progresos llegando a mover , levemente el brazo para saludar a la actriz.

© Sociedad Bíblica Peruana, A.C. | Av. Petit Thouars 991, Lima T. +51 1 433 0077