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martes, 20 de septiembre de 2016

CANES PELIGROSOS: LEGISLACION VIGENTE

Establece examen psicológico para el dueño y el registro de la mascota en el municipio.
La Ley 27596 es la norma que regula la tenencia de canes peligrosos y está vigente desde el año 2001, siendo promulgada por el entonces presidente de la República, Alejandro Toledo.
1. SOBRE EL DUEÑO DEL PERRO
El objetivo de esta norma legal es regular la crianza, adiestramiento y comercialización de canes peligrosos. Los puntos más resaltantes se relacionan al dueño de la mascota, quien debe de ser mayor de edad y estar psicológicamente apto para poseer un can peligroso. Además, debe contar con una constancia expedida por un psicólogo colegiado.
2. SOBRE PASEAR A LA MASCOTA
La mascota debe de estar debidamente registrada en el municipio y tener licencia municipal. Si una persona quiere sacar a pasear a su mascota y sabe que esta es peligrosa, debe hacerlo poniéndole un bozal y correa lo suficientemente larga y resistente para controlar al animal. 
3. SI EL PERRO ATACA
Otro punto resaltante de la norma legal se refiere a que el dueño debe pagar los gastos totales de la recuperación de la víctima en caso de ataque, sin perjuicio de una indemnización.
Será sacrificado si ocasiona lesiones graves o muerte a personas o animales. También si es recogido por el municipio y en 30 días nadie lo retire, o sea imposible su reincorporación a la sociedad. 

FUENTE:
CAPITAL WEBSITE










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