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sábado, 24 de septiembre de 2011

CASO WALTER OYARCE: PALCO FUE ATACADO Y DESTRUIDO

Amigos de Walter Oyarce muestran palco destruido por hinchas de la ´U´

Domingo, 25 de Setiembre 2011  |  1:19 am
RPP /
La puerta destrozada, las sillas rotas y mucha tristeza quedaron en el palco de Walter Oyarce, joven de 23 años que fue lanzado desde su palco en la zona sur del estadio Monumental.

Fotos: Clásico entre Alianza y Universitario que se empañó por crimen| RPP

Vea a la tribuna vivir su partido en el Universitario - Alianza Lima| RPP

Beingolea considera que forma cómo se entiende el fútbol debe cambiar| RPP

Julio Álvarez responsabiliza a dirigentes de Universitario por muerte de hincha| RPP

José Luis Carranza expresó su pesar por agresión a hincha tras clásico| RPP

Hincha cae desde el palco sur del Monumental tras una bronca| RPP

Los amigos del difunto mostraron la destrucción del palco, con una puerta llena de huecos, los asientos fijos fuera de su lugar y la altura de la caída del joven hincha de Alianza Lima, que la noche del sábado dejó de existir camino al Hospital de vitarte.
“Dónde está la policía, dijeron que eran 4 mil policías y mira lo que pasó aquí”, le reclamaba uno de los amigos de Walter a un efectivo policial, que esperaron al fiscal de turno para las investigaciones.
“Cómo dejaron ir al autor del crimen, qué pasó si ustedes estaban aquí”, gritaba otro hincha con camiseta de Alianza Lima.
Los amigos de Walter no quieren dejar impune el crimen, por ello dejaron ingresar a las cámaras de RPP Noticias al palco y narraron cómo sucedieron los hechos, con la indignación a flor de piel.

CASO WALTER OYARCE: NO FUE ACCIDENTE FUE HOMICIDIO CALIFICADO


Tragedia en el Monumental: falleció hincha que cayó del palco sur

Walter Arturo Oyarce Rodríguez (23) murió en el trayecto hacia el hospital de Vitarte. Habría sido empujado al vacío luego de una pelea con otro fanático al final del partido
Sábado 24 de septiembre de 2011 - 08:25 pm50 comentarios

(Video: CMD/Movistar TV)
La explosión de júbilo generada por el gol de Martín Morel y que significó eltriunfo de la ‘U’ sobre Alianza Lima, al parecer, generó una gresca entre hinchas íntimos y cremas que se encontraban en uno de los palcos de la zona de la tribuna sur del Monumental.
Según el reporte del periodista Fernando Egúsquiza de CMD, y tal como lo mostraron las imágenes de Movistar TV, el infortunado hincha cayó en la parte alta de la tribuna sur. El accidentado fue atendido rápidamente por paramédicos mientras que los policías acordonaron la zona de la tragedia.
Ya sin público en la tribuna sur, el hincha fue sacado en camilla —con vida— hacia el hospital de Ate para recibir pronta atención médica. El doctor Javier Correa, representante del Ministerio de Salud, fue quien informó sobre el deceso del infortunado. “Inmediatamente producido el accidente, personal asistencial del estadio dio los primeros auxilios y lo trasladó en una ambulancia al hospital de Vitarte. Los médicos de guardia realizaron denodados esfuerzos para poder salvar la vida de Walter Oyarce, pero lamentablemente él ha fallecido en el trayecto”, explicó en RPP.
El galeno explicó que la muerte del joven “de aproximadamente de 20 años” fue producto de las múltiples fracturas que sufrió tras la caída de unos 30 metros. “La caída ha sido muy grave. Lo ha destrozado. Hay fracturas encefalocraneanas y traumatismos en otras partes del organismo”, concluyó.
Se espera la palabra oficial del club Universitario de Deportes sobre este lamentable hecho acontecido en su recinto deportivo.

    CONGRESISTAS : HOJAS DE VIDA O PRONTUARIO JUDICIAL


    DELITOS ELECTORALES Y PENAS BENIGNAS

                   Las Hojas de Vida , no son cualquier papel mojado en tinta, son presentadas por los candidatos al Congreso de la República,por lo que  constituye delito contra la función jurisdiccional – Falsa declaración en proceso Administrativo- art. 411 del C.P,   si su contenido resulta ser  falso o tiene omisiones  dolosas.
                  Pero , este delito no es  sólo una falsa declaración administrativa  y por ende una ley penal en blanco contenida  en la Ley de Partidos Políticos  (  art. 23  de la Ley 28094),  sino  que  debería  ser  reubicado en el Código Penal y  considerado    como delito contra la voluntad popular ( Titulo XVII, art. 354 y ss, del Código Penal)  de modo que ya  no sea considerado sólo un delito común ,  sino un delito electoral , pues  este tipo penal resulta gravísimo para el elector, pues induce  a error al sufragante, con la omisión o inclusión de datos importantes del perfil del candidato.
                    Es un fraude y una estafa que sufre el elector,
                    Por ende, no debemos esperar que el candidato mentiroso, sea elegido, sino que debe ser sancionado , aún cuando no resulte electo.Incluso debería ser declarada su vacancia.
                    Además la sanción debe equipararse a la que recibe un funcionario publico en ejercicio (  nótese que la hoja de vida se presenta cuando el candidato  es un ciudadano comùn y corriente, aún no electo  y   no tiene  las agravantes  que tiene un funcionario público).
                   Asimismo, proponemos que  la pena privativa de libertad   sea  no menor de 10 años,  y no 04  como es ahora; y adicionalmente  se declare la inhabilitación perpetua para  la postulación  y el ejercicio de  cualquier cargo público , así como  el pago de una multa equivalente a la tasa o arancel por tacha de candidato.
                   Esperamos que  el Ministerio Público asuma  inmediata jurisdicción sobre la denuncia presentada por el JNE,   y los parlamentarios involucrados renuncien a su inmunidad parlamentaria.

    jueves, 22 de septiembre de 2011

    ¿PENA DE MUERTE, CASTRACCION QUIMICA O CADENA PERPETUA?

    VIOLACION DE MENORES ¿ ENFERMOS O DELINCUENTES?

    ¿TRATAMIENTO TERAPEUTICO  O  PENA DE MUERTE?

    HA CAUSADO GRAN  ESTUPOR LA VIOLACION DE  UNA BEBE DE 07 MESES POR PARTE DE SU PROPIO PADRE BIOLOGICO.
    A UNA VOZ, LA CLASE POLITICA Y ALGUNOS JURISTAS HAN PEDIDO Y RATIFICADO EL PEDIDO DE PENA DE MUERTE.
    ¿ES DISUASIVA LA PENA DE MUERTE?
    ACTUALMENTE LA PENA QUE CORRESPONDERIA A ESTE DESADAPTADO "PADRE"  ES LA CADENA PERPETUA, REVISABLE A  LOS 35 AÑOS ( O SEA, CUANDO EL AGRESOR TENGA  57 AÑOS DE EDAD.

    TRATAMIENTO TERAPEUTICO
    LO CIERTO ES QUE EL CODIGO PENAL, CONTRAE LA OBLIGACION DE UN TRATAMIENTO TERAPEUTICO PARA LOS PROCESADOS POR ESTOS DELITO CONTRA EL HONOR SEXUAL:


     Artículo 178-A.- Tratamiento terapéutico
    El condenado a pena privativa de libertad efectiva por los delitos comprendidos en este capítulo, previo examen médico o psicológico que determine su aplicación será sometido a un tratamiento terapéutico a fin de facilitar su readaptación social.
         En los casos de suspensión de la ejecución de la pena y reserva del fallo condenatorio, el juez dispondrá la realización de un examen médico y psicológico al condenado, para los efectos a que se refiere el párrafo anterior. El sometimiento al tratamiento terapéutico será considerado como regla de conducta.
         Los beneficios penitenciarios de semilibertad, liberación condicional y redención de la pena por el trabajo y la educación, y el derecho de gracia del indulto y de la conmutación de la pena, no pueden ser concedidos sin el correspondiente informe médico y psicológico que se pronuncie sobre la evolución del tratamiento terapéutico. (*)




    LOS TRAUMAS DE LA NIÑA Y LA FAMILIA SERÁN SIN DUDA IMBORRABLES EN EL TIEMPO.
    PERO , ESTAMOS COMO ESTADO, COMO PAÍS ,HACIENDO ALGO EN FAVOR DE LA SALUD MENTAL DE LOS PERUANOS.
    SEGUN LOS ESPECIALISTAS LA LIBIDO  DE UN HOMBRE NORMAL,  NO PODRIA SATISFACERSE CON LA RELACION SEXUAL CON UNA BEBE, SINO CON UNA MUJER YA FORMADA Y DE DETERMINADAS CARACTERISTICAS.
    ENTONCES, NOS PREGUNTAMOS:¿ESTAMOS FRENTE A MANIACOS SEXUALES, QUE REQUIEREN DE TRATAMIENTO PSIQUIATRICO O DE DELINCUENTES QUE DEBEN  MORIR EN LA CARCEL.
    NECESITAMOS UNA POLITICA DE PREVENCION ESPECIFICA Y UNA CAMPAÑA ´PERMANENTE PARA EVITAR O REDUCIR ESTOS CASOS.

    ESTA  ES LA NORMA VIGENTE PARA ESTOS DELITOS:



     "Artículo 173.- Violación sexual de menor de edad
         El que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de edad, será reprimido con las siguientes penas privativas de libertad:
         1. Si la víctima tiene menos de diez años de edad, la pena será de cadena perpetua.
         2. Si la víctima tiene entre diez años de edad, y menos de catorce, la pena será no menor de treinta años, ni mayor de treinta y cinco.
         3. Si la víctima tiene entre catorce años de edad y menos de dieciocho, la pena será no menor de veinticinco ni mayor de treinta años.
         Si el agente tuviere cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse a depositar en él su confianza, la pena para los sucesos previstos en los incisos 2 y 3, será de cadena perpetua." (1)(2)

    miércoles, 21 de septiembre de 2011

    SECUESTRADORES DE COREANO SERIAN CONDENADOS A CADENA PERPETUA

    CONMOCIÓN POR SECUESTRO DE JOVEN COREANO PERÚ

    De acuerdo a la familia del  adolescente  plagiado  los secuestradores pidieron 1,8 millones de dólares de rescate.

    SEGUN EL ART. 152 DEL CODIGO PENAL, SECUESTRAR A UN MENOR DE EDAD SE SANCIONA  CON CADENA PERPETUA,AUNQUE NO HAYA LESIONES GRAVES NI MUERTE DE POR MEDIO.
    CODIGO PENAL:

    ART. 152.-La pena será de cadena perpetua cuando:
         1. El agraviado es menor de edad o mayor de setenta años.
    PERO EN CASO QUE EL JOVEN FUERA MAYOR DE 18 AÑOS LA PENA A LOS SECUESTRADORES SERIA NO MENOR A 30 AÑOS, POR TRATARSE DE UN FAMILIAR DE PERSONAS RELACIONADAS CON ACTIVIDAD COMERCIAL EN EL SECTOR PRIVADO.
    RESUMEN DE LO OCURRIDO:
    El hijo de un empresario coreano, de 18 años, fue secuestrado en Lima cuando se dirigía al Colegio Roosevelt  y sus captores pidieron 5 millones de soles (1,8 millones de dólares) por su liberación.
    El joven, identificado como Kyoung Kim Hee, se dirigía a su lugar de estudio en una camioneta conducida por su chofer cuando fue interceptado por otro auto con hombres vestidos de policía en el distrito de La Molina,

    jueves, 15 de septiembre de 2011

    ¿TERRORISMO BLANCO? MODALIDADES Y PENALIDAD

    ¿SOLO ES UNA FALSA ALARMA?
    ¿CORTINA DE HUMO?
    ¡SABOTEAR  AL SISTEMA?
    ¿PSICOSOCIAL?
    TERRORISMO PSICOLOGICO, OPERATIVOS DE DESACTIVACION DE BOMBAS , MOVILIZACION DE POBLACION AFECTADA Y DE AUTORIDADES
    ¿QUE ESTABLECE LA LEY?
    SI FUERA UN ACTO AISLADO DE UN PSICOPATA, O DE ALGUIEN QUE FUNGE DE TERRORISTA O LO HACE CON ANIMUS JOCANDI, PODRIA SER CALIFICADA COMO FALSA DENUNCIA TIPIFICADO EN EL ART. 402 DEL CODIGO PENAL Y SANCIONADA CON PENAS DE HASTA 03 AÑOS DE PRISION.
    PERO, SI HABLAMOS DE TODA UNA SISTEMATICA OPERACION DE ALARMA Y ZOZOBRA QUE PROVOCA ESTRAGOS Y AFECTA LA PAZ Y TRANQUILIDAD PUBLICAS, ENTONCES PODRÍAMOS ESTAR HABLANDO DE TERRORISMO, SEGÚN  LA LEY ANTI-TERRORISTA VIGENTE.
    DECRETO LEY Nº 25475 - VIGENTE
     Artículo 2.- Descripción típica del delito.
    El que provoca, crea o mantiene un estado de zozobra, alarma o temor en la población o en un sector de ella......será reprimido con pena privativa de libertad no menor de veinte años. 
    ESTO NO ES BROMA.
    NO ES DE COMPETENCIA DE LA COMISARIA DEL SECTOR, SINO DE UNA POLICIA ESPECIALIZADA,
    EL MINISTRO DEL INTERIOR  TIENE LA PALABRA.

    lunes, 12 de septiembre de 2011

    EX-MODELO ES ACOSADA POR ACREEDORA

    ¿COBRANZA O ACOSO?
    EL CODIGO CIVIL NO PERMITE QUE NADIE UTILICE LA VIOLENCIA O COACCION PARA COBRARSE DE UNA DEUDA, MAXIME SI NI SIQUIERA EXISTE.
    UN PECULIAR CASO DE OBSESION ENFERMIZA.
    VIDEO: FRECUENCIA LATINA

    Mujer denuncia acoso por parte de acreedora - A PRIMERA HORA 09/2011

    VIOLENCIA PSICOLOGICA
    ¿ACOSO POR DEUDA U OBSESIÓN ENFERMIZA Y POSESIVA?
    NADIE PUEDE COBRAR UNA DEUDA O SACAR EN CARA UN APOYO HUMANITARIO SOMETIENDO A OTRA A TRATOS HUMILLANTES,ACOSO Y COACCION
    ESTE ULTIMO ES UN DELITO TIPIFICADO EN EL CODIGO PENAL Y SANCIONADO CON PENAS DE HASTA DOS AÑOS.
    LAMENTABLEMENTE, LA SUPUESTA ACREEDORA LLEGÓ AL EXTREMO DE DAÑAR LA PROPIEDAD DE LA DENUNCIANTE.
    EN MENOS DE UNA HORA SE REGISTRARON 73 LLAMADAS ACOSADORAS Y OTROS TANTO MENSAJES DE VOZ Y DE TEXTO.
    CECILIA CUNEO TEME POR SU VIDA.
    VIDEO: FRECUENCIA LATINA

    sábado, 10 de septiembre de 2011

    SE CORRIGIO LIBERACION DE ADOLESCENTES


    Fiscalía denunció a menores que violaron a dueña de farmacia

    El Ministerio Público pidió cárcel preventiva contra los dos adolescentes queatacaron a una mujer en San Juan de Miraflores
    Sábado 10 de septiembre de 2011 - 12:42 am
    (Video: ATV)
    El Ministerio Público formalizó la denuncia contra los dos adolescentes que violaron a Guadalupe Rodríguez, dueña de una farmacia en el distrito de San Juan de Miraflores, y pidió el internamiento preventivo de estos por los delitos de violación y robo agravado.
    Además, la mujer recibirá ayuda del Ministerio de Justicia que le ofreció asesoramiento legal. También se acordó investigar las razones por las que no se intervino a los adolescentes agresores, que antes ya habían asaltado a la mujer.
    La víctima fue llevada al Hospital María Auxiliadora para algunos exámenes de ley que confirmarían el ultraje. Su esposo, Omar Huayta, aseguró que fue tratado con hostilidad en la comisaría de Pamplona cuando se acercó a pedir garantías ante el temor a represalias. Actualmente, el paradero de los menores es desconocido.

      miércoles, 7 de septiembre de 2011

      VIOLADORES ADOLESCENTES QUEDAN LIBRES

      LUEGO DE SER DENUNCIADO ESTE EXCECRABLE  HECHO EN AGRAVIO DE UNA EMPRESARIA DE FARMACIA, LOS MENORES VIOLADORES FUERON ENTREGADOS A SUS  PADRES Y TUTORES Y QUEDARON LIBRES.
      PERO ¿QUE DICE LA LEY AL RESPECTO?
      EL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES  ESTABLECE MEDIDAS PREVENTIVAS Y COERCITIVAS PARA LOS MENORES QUE INFRINJAN LA LEY Y COMETAN DELITOS.
      LAS PENAS LLEGAN A UN MAXIMO DE 06 AÑOS DE INTERNACION.
      CODIGO DE NIÑOS Y ADOLESCENTES
        “Artículo 235.- Internación
           La internación es una medida privativa de libertad que no excederá de seis (6) años.” 

      ¿ ANTAURO A SU CASA? ...RECIEN PODRIA SOLICITAR LIBERTAD EL 2019

      EN  ALGUNOS  AÑOS MÁS PODRIA REGRESAR  A  SU CASA,
      REGRESAR  A  LOCUMBA  O   A  DIRIGIR UN NUEVO "ANDAHUAYLAZO"
      PERO   OLLANTA  LO PREFIERE PRESO Y  MUDO,

      LA CORTE SUPREMA CON  VOTO SUFICIENTE- HA DECIDIDO REDUCIR  LA PENALIDAD   QUE SOBRE ANTAURO HUMALA SE HABIA  FORMULADO INICIALMENTE.
      PRIMERO:   SE DECIDIO QUE NO FUE HOMICIDIO CALIFICADO, SINO HOMICIDIO SIMPLE ( SIN PREMEDITACION, NI VENTAJA).
      SEGUNDO:   SE ACLARO QUE EL  SECUESTRO  NO SE SUBSUME A LA  FIGURA DE REBELION Y SE LO CONDENA POR SECUESTRO AGRAVADO.
      EN OTRAS PALABRAS LA SENTENCIA  DE  19 AÑOS,CON UNA CARCELERIA SUFRIDA ACTUALMENTE DE 06 AÑOS, NO LE SERVIRA PARA LOGRAR BENEFICIOS PENITENCIARIOS NI UN PROBABLE INDULTO PRESIDENCIAL.
       DE ACUERDO  A LA  LEY Nº 29423 ,ANTAURO DEBERA SOMETERSE AL REGIMEN DEL 7x1 Y ESPERAR QUE SE CUMPLAN  3/4  DE LA SENTENCIA PARA QUE SE ACOJA A LA LIBERACION CONDICIONAL, POSIBLEMENTE EN EL 2019...AHH  Y ADEMÁS HABER PAGADO LA TOTALIDAD DE LA REPARACION CIVIL......SALVO  QUE EL CONGRESO DICTE UNA NUEVA Y BENIGNA   NORMA DE  EJECUCION PENAL, QUE LE PERMITA SALIR ANTES DEL 2024. 
      TODO ESTO, MIENTRAS  QUE  OLLANTA  LO PREFIERE  PRESO  Y MUDO,

      Joven que atropelló a anciana en San Borja fue puesto en libertad - AMER...

      Familiares de la anciana que fue atropellada a 2 cuadras de casa denunciaron que el responsable fue liberado. Karl Ierkic Reinkendorf de 28 años arrolló a Graciela Alzamora Alejos, la policía de San Borja lo capturó y derivó al Ministerio Público donde habría sido puesto en libertad. El abogado penalista Roberto Miranda opinó que la liberación es ilegal pues el delito se configura como dolo eventual. El 53 juzgado penal de turno, a cargo de Max Cirilo Diestra le otorgó comparecencia restringida al joven.

      martes, 6 de septiembre de 2011

      LLEGO LA HORA DEL JUICIO

      CASO ROMINA
       AUDIENCIA PUBLICA EVALUARA MAÑANA  ACUSACION FISCAL



      AUDIENCIA PUBLICA 
      Primera Sala Penal con Reos en Cárcel
      Miércoles 07 de setiembre 
      8.30 am.
      Edificio Anselmo Barreto- Frente a Hiraoka- Av. Abancay

      Esta audiencia tiene como objeto:
      Evaluar la Acusación Fiscal en el extremo de NO HABER MERITO A FORMULA ACUSACION por los siguientes delitos:
      1.- Liberación de energía  por medio de disparo de arma de fuego en agravio del Estado
      2.- Microcomercializaciòn  de drogas en agravio del Estado
      3.- Asociación ilícita para delinquir  en agravio del Estado
      4.- Tenencia ilegal de arma de fuego en agravio del Estado contra OSCAR ALVARO TEJADA BELLIDO y ANTONIO EFRAIN BELLO RAMIREZ.

      La defensa de la familia Cornejo ha expresado su disconformidad con los puntos: 2,3 y 4, debido a que estos delitos si se encuentra acreditados en autos y se pretende soslayar la participaciòn criminal de los coautores de este concurso de delitos.

      lunes, 5 de septiembre de 2011

      RENIEC ATENTA CONTRA IDENTIDAD DE NIÑO


      OMISION GRAVE DE ACTO ADMINISTRATIVO ES SANCIONADO  CON DOS AÑOS DE PRISION E INHABILITACION PARA CARGO PUBLICO 

      ¿Fue un error, una omisión?
      ¿Negligencia?

      CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
        Artículo 6.- A la identidad.-
           El niño y el adolescente tienen derecho a la identidad, lo que incluye el derecho a tener un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y llevar sus apellidos. Tienen también derecho al desarrollo integral de su personalidad.
           Es obligación del Estado preservar la inscripción e identidad de los niños y adolescentes, sancionando a los responsables de su alteración, sustitución o privación ilegal, de conformidad con el Código Penal.
           En caso de que se produjera dicha alteración, sustitución o privación, el Estado restablecerá la verdadera identidad mediante los mecanismos más idóneos.
           Cuando un niño o adolescente se encuentren involucrados como víctimas, autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito, no se publicará su identidad ni su imagen a través de los medios de comunicación.
      Lo cierto es que el RENIEC  tiene la obligación de verificar la correcta identidad de los ciudadanos, así como el control de calidad del trabajo que realizan manualmente o a través del sistema informático.
      Además de la investigación y procedimiento administrativo , esta omisión y "error" podría derivarse en responsabilidad penal del funcionario de esta entidad estatal.
      ¿QUE DICE LA LEY?
      Artículo 377.- Omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales
           El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehusa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.
      Artículo 143.- Alteración o supresión del estado civil
           El que, con perjuicio ajeno, altera o suprime el estado civil de otra persona será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jornadas. 

      sábado, 3 de septiembre de 2011

      CIRO NO DESCANSA EN PAZ - RPP NOTICIAS

      CASO CIRO CASTILLO-ROJO :
      MUCHOS   CABOS SUELTOS  POR  ATAR 

      Se venía venir el cambio de Fiscal, ante un inminente archivamiento de la denuncia del padre de Ciro.
      La nueva titular, con más experiencia en estos casos deberá encaminar y sanear esta irregular investigación.
      Una buena medida de la Fiscalía de la Nación.


      ROSARIO PONCE EN JAQUE:
      LA NUEVA FISCAL no tendrá contemplaciones y está decidida a atar los siguientes cabos sueltos:
      1.- Para que procese una denuncia por supuesto homicidio se deberìa haber previamente obtenido la sentencia que DECLARE LA MUERTE PRESUNTA DE CIRO.Con esta decisión judicial se da "luz verde" a la investigación por homicidio y los padres tendrìan la partida de defunciòn de Ciro, que constituye el requisito sine qua non para prpcesar a Rosario.
      2.- La diligencia de reconstrucción con Rosario Ponce debería volver a llevarse a cabo, ya que su presencia deberìa haber constinuado hasta el final.
      3.-La falta de rastros, vestimenta, restos, huellas biologicas como sangre, sudor, orines, heces, cenizas etc. determinaría que el cuerpo de Ciro ha sido técnica y estratégicamente desaparecido por mano ajena.
      4.- Las pruebas de luminol y otras de nivel cientìfico deben llevarse a cabo por Medicina Legal de Lima y la Policìa Cientìfica extranjera.
      En pleno siglo XXI no se puede admitir que haya un crimen perfecto.
      Deseamos éxitos a la nueva fiscal arequipeña.
      Ver  video -entrevista en RPP: 
       Cabos suelto que deben tomarse en cuenta por la nueva fiscal ad hoc.

      DIVINCRI-CALLAO RECIBIO DECLARACION DE CIUDADANA RUSA

      CIUDADANA  RUSA ....A  SALVO
      NO FUE DESAPARICION FORZADA NI SECUESTRO
      ELLA SUFRIA DE UNA TORMENTOSA RELACION DE PAREJA
      VIOLENCIA DOMESTICA,TANTO FISICA COMO PSICOLOGICA
      ANASTASIA DICE SU VERDAD

      ANASTASIA CUENTA TODO

      OTRA VICTIMA DE VIOLENCIA FAMILIAR -PRIMERA NOTICIA 02 de setiembre 2011

      AUGUSTO ALVAREZ RODRICH Y ANA TRELLES
      ENTREVISTAN A ANASTASIA DENISOVA
      LA CAMPAÑA "ALTO A LA VIOLENCIA" QUE PATROCINA LA SOCIEDAD BIBLICA PERUANA EXTENDIO SU BRAZO DE APOYO Y ASESORAMIENTO A LA CIUDADANA RUSA ANASTASIA DENISOVA Y A SU MENOR HIJO.

      viernes, 2 de septiembre de 2011

      CIUDADANA RUSA ANASTASIA DENISOVA SUFRIA DE VIOLENCIA FAMILIAR

      NO FUE SECUESTRO NI DESAPARICION FORZADA
      ANASTASIA DENISOVA NO SOPORTO MAS  LOS MALTRATOS Y HUMILLACIONES A LA QUE ERA SOMETIDA POR SU CONYUGE.

      Luego de la denuncia presentada por un empresario arequipeño sobre el posible secuestro de su esposa rusa e hijo de año y medio, la joven Anastasia Denisova apareció y manifestó en exclusiva para ATV Noticias que se fue porque su esposo cometía abusos físicos y psicológicos contra ella.

      Denisova explicó que cuando llegó a Lima no tenía ningún vuelo programado hacia la ciudad de Arequipa,ya había tomado la decisión de pedir ayuda y garantías para su vida.

      Ella está dispuesta a emprender la lucha legal por la tenencia de su hijo y agilizar su divorcio, sin embargo, sabe que no será fácil pues nunca denunció el maltrato ante las autoridades por temor.

      En las próximas horas Anastasia Denisova se presentará ante la policía para esclarecer los hechos.