🅰️ ExhibicionesObscenas ?
El art. 183 inc. 1 establece lo siguiente :
✅Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años:
El que muestra, vende o entrega a un menor de dieciocho años, por cualquier medio, objetos, libros, escritos, imágenes, visuales o auditivas, que por su carácter pueden afectar su desarrollo sexual.
✅ Tomar en Cuenta:
1.- Sabía el remitente la edad de la receptora?
2.- Afectó el desarrollo sexual de la receptora?
3.- Ha pasado la receptora por una evaluación psicológica forense?
1.- Sabía el remitente la edad de la receptora?
2.- Afectó el desarrollo sexual de la receptora?
3.- Ha pasado la receptora por una evaluación psicológica forense?
✅ La Corte Suprema ha establecido que si hay sexo consentido con adulto, de parte de un menor de 14 a 18 años, no es delito.
Ergo la jurisprudencia podría considerar que no hay delito de exhibición obscena si el menor entre 14 y 18 lo solicita o tolera o no le provoca afectación en su desarrollo sexual.
Ergo la jurisprudencia podría considerar que no hay delito de exhibición obscena si el menor entre 14 y 18 lo solicita o tolera o no le provoca afectación en su desarrollo sexual.
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