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sábado, 10 de diciembre de 2011

DISCRIMINACION SE SANCIONA CON 03 AÑOS DE PRISION


ES DELITO TIPIFICADO EN EL CODIGO PENAL

DISCRIMINACIÓN
     Artículo 323.- El que, por sí o mediante terceros, discrimina a una o más personas o grupo de personas, o incita o promueve en forma pública actos discriminatorios, por motivo racial, religioso, sexual, de factor genético, filiación, edad, discapacidad, idioma, identidad étnica y cultural, indumentaria, opinión política o de cualquier índole, o condición económica, con el objeto de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de la persona, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos años, ni mayor de tres o con prestación de servicios a la comunidad de sesenta a ciento veinte jornadas.
     Si el agente es funcionario o servidor público la pena será no menor de dos, ni mayor de cuatro años e inhabilitación conforme al inciso 2) del artículo 36.
     La misma pena privativa de libertad se impondrá si la discriminación se ha materializado mediante actos de violencia física o mental. 


¿Discriminación en UVK Larcomar?

Viernes 09 de diciembre del 2011 | 09:16

Pierina Papi del blog Cucharas Bravas relató cómo su amigo fue impedido de reingresar a las salas de cine a causa de su apariencia.

Foto: @Pierina_Papi
Foto: @Pierina_Papi


   Según Papi, el hecho ocurrió luego de que su amigo Ricardo   saliera un momento de la sala de cine – en donde veía una película – para ir al baño. Al intentar reingresar al recinto, el personal del multicine le prohibió la entrada diciéndole “no seas pendejo, qué vas a tener una entrada tú”.


La discriminación de personas por raza, sexo o creencias religiosas está prohibida en nuestro país según la ley deProtección al Consumidor Nº 27049, Artículo 7Bº. Su incumplimiento puede acarrear multas y la clausura temporal del local.


Del mismo modo, la Municipalidad de Miraflores prohíbe todo tipo de discriminación mediante su ordenanza N° 294 del 2008 .

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