CONSULTORIO JURIDICO
DR. MIRANDA QUISIERA HACERLE UNA CONSULTA
Reconozco que estacioné en un lugar indebido, una zona de parqueo al parecer privada, y cuando regresé encontré mis 04 llantas desinfladas.
¿Puedo denunciar al vecino que hizo eso?
¿Es un delito desinflar llantas?
¿Puedo denunciar al vecino que hizo eso?
¿Es un delito desinflar llantas?
Espero su respuesta
Atentamente
Charo
Distrito de Breña
Distrito de Breña
RESPUESTA
Al respecto de tu consulta, la desmenuzaremos en los siguientes puntos :
1.- Se requiere una prueba que determine fehacientemente e identifique quién es el autor del desinfle de tus llantas, no basta la mera imputación de tu persona. Tal vez un testigo o un video serían aconsejables.
2.- Del método utilizado : puede ser que solo te hayan quitado el aire utilizando presión al pitón o puede ser que te hayan dañado la llanta provocándole un orificio de escape.
Si hay evidencia que se ha producido el uso ex profeso de un elemento punzo cortante, entonces hay daños contra el patrimonio que pueden ser catalogados como FALTAS en el Código Penal.
3.- Si se logró por mano ajena el desinfle o pérdida de aire provocado de la llanta o llantas y el aro del vehículo deformó e inutilizó los neumáticos debido al peso ( llantas sopladas), también estaríamos ante la figura de faltas contra el patrimonio : daños materiales.
4.- Por último, el art.452 inc. 6 del Código Penal establece:
"El que perturba a sus vecinos con discusiones, ruidos o MOLESTIAS ANÁLOGAS será reprimido con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa.
1.- Se requiere una prueba que determine fehacientemente e identifique quién es el autor del desinfle de tus llantas, no basta la mera imputación de tu persona. Tal vez un testigo o un video serían aconsejables.
2.- Del método utilizado : puede ser que solo te hayan quitado el aire utilizando presión al pitón o puede ser que te hayan dañado la llanta provocándole un orificio de escape.
Si hay evidencia que se ha producido el uso ex profeso de un elemento punzo cortante, entonces hay daños contra el patrimonio que pueden ser catalogados como FALTAS en el Código Penal.
3.- Si se logró por mano ajena el desinfle o pérdida de aire provocado de la llanta o llantas y el aro del vehículo deformó e inutilizó los neumáticos debido al peso ( llantas sopladas), también estaríamos ante la figura de faltas contra el patrimonio : daños materiales.
4.- Por último, el art.452 inc. 6 del Código Penal establece:
"El que perturba a sus vecinos con discusiones, ruidos o MOLESTIAS ANÁLOGAS será reprimido con prestación de servicio comunitario de veinte a cuarenta jornadas o con sesenta a noventa días-multa.
Tal vez esta sea la única cláusula que contemple esta infracción pues sino quedará impune pues no está tipificada.
PRUEBAS
De otro lado, te recomiendo que obtengas fotos de las llantas, del lugar sonde se produjo el desinfle y si hay otros daños colaterales, efectuar una pericia de daños valorizado de modo que puedas reclamar el reembolso via extrajudicial o judicial.
De otro lado, te recomiendo que obtengas fotos de las llantas, del lugar sonde se produjo el desinfle y si hay otros daños colaterales, efectuar una pericia de daños valorizado de modo que puedas reclamar el reembolso via extrajudicial o judicial.
CONTRAVENCIONES
Esto nos lleva a la reflexión de vernos en la necesidad de tener en nuestro país un CÓDIGO DE CONTRAVENCIONES que tipifique y sancione pecuniariamente infracciones menores a una FALTA.
Esto nos lleva a la reflexión de vernos en la necesidad de tener en nuestro país un CÓDIGO DE CONTRAVENCIONES que tipifique y sancione pecuniariamente infracciones menores a una FALTA.
Consultas: mirandaperu@hotmail.com
No hay comentarios:
Publicar un comentario