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martes, 15 de octubre de 2013

CASO GUILLERMO DAVILA

ADN, PATERNIDAD Y FILIACION EXTRAMATRIMONIAL

La legislación peruana ha facilitado mucho el trámite y la manera cómo probar la paternidad negada por los padres biológicos.
La madre puede demandar a quien crea es el progenitor ante el Juzgado de Paz Letrado del distrito donde vive el menor.
Si en 10 días no hay oposición del padre rebelde, se declarará la paternidad.Pero si se formula oposición se solicitará la prueba del ADN cuyo costo lo asumirá el padre demandado.
En caso sea el resultado arroje negativo para la paternidad, la madre demandante deberá reembolsar los gastos de la prueba del ADN.
Ver texto expreso de la ley en :
http://www.asesorempresarial.com/web/adjuntos-sumilla/2011-12-28_IHIQSPS.pdf

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