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miércoles, 30 de marzo de 2011

10 AÑOS DE CARCEL POR QUEMAR ROSTRO DE SU PAREJA


 

FISCALIA   PIDE    MAXIMO DE   10 AÑOS DE CARCEL

PARA  HOMBRE ACUSADO DE QUEMAR ROSTRO  DE  SU PAREJA

HOY  LA FISCALIA  EMITIO  EL DICTAMEN ACUSATORIO  POR EL CUAL JULIO CESAR  JAIME SAL  Y ROSAS   ES ACUSADO COMO AUTOR DE LESIONES GRAVES .
LA ACUSACION  POR EL DELITO CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD - LESIONES GRAVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, EN AGRAVIO DE ELIZABETH ALANYA ,  SOLICITA  SE LE IMPONGA 10 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD   Y EL PAGO DE S/.20,000 POR REPARACION CIVIL Y SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD.
EN LOS PROXIMOS DIAS   SERÁ LEIDA LA SENTENCIA.





CASO DE MENOR QUE PERDIO UN OJO EN ACCIDENTE DE TRANSITO

UN MENOR FUE ATROPELLADO Y PERDIO UN OJO .
HASTA LA FECHA EL AUTOR DEL ACCIDENTE NO HA CUMPLIDO CON CUBRIR NI REPARAR LOS GASTOS QUE HA INCURRIDO LA FAMILIA DEL MENOR.
CON MONICA DELTA ANALIZAMOS EL DERECHO INDEMNIZATORIO A QUE TIENEN LAS VICTIMAS.
RADIO CAPITAL
TU OPINION IMPORTA
DEJANOS TUS COMENTARIOS Y SUGERENCIAS AL RESPECTO.


viernes, 25 de marzo de 2011

Padre quema rostro a su hijo en Quillabamba

Debería esperarle una severa  sanción  de cárcel   e inhablitación perpetua  del ejercicio de  la   Patria Potestad

Padre quema rostro a su hijo en Quillabamba

SEGUN EL CODIGO PENAL PERUANO, EL DELITO DEBERIA TIPIFICARSE  COMO LESIONES GRAVES ( HABRIA QE EVALUAR DESFIGURACION DE ROSTRO Y GRADO DE QUEMADURA).
LA SANCION A IMPONERSE ES DE  5  A 10  AÑOS  COMO MAXIMO, AL HABERSE PRODUCIDO DENTRO DEL AMBITO FAMILIAR, YA QUE EL AGRAVANTE ES  LA CALIDAD DE PADRE BIOLOGICO.

RPP-Noticias.- El niño, de 12 años, fue impactado por una olla hirviendo que le arrojó su padre River Ccama, quemándole el pómulo izquierdo y el ojo.
Un menor resultó con el rostro quemado luego de ser agredido por su padre River Ccama Mariaca, quien le arrojó una olla hirviendo que le impactó en el pómulo izquierdo ocasionándole un desgarramiento y comprometiendo el ojo, en el distrito cusqueño de Quillabamba en la provincia de La Convención.
La víctima, J.L.C. de apenas 12 años de edad, fue ingresado al centro de calud del distrito, donde los médicos recomendaron sea transferido hacia un hospital especializado en Cusco, debido al estado de gravedad que presenta.
El violento suceso se registró en el Asentamiento Humano 4 de noviembre, cuando el agresor reclamó al menor por no haber cumplido con la orden de cocinar papas para la venta al público, tras los hechos el sujeto huyó del lugar, sin ser localizado hasta el momento.
La madre del niño Janet Escalante inicialmente no denunció esto por temor, sin embargo después de solicitar un permiso para su hijo en el colegio contó lo sucedió a los docentes. El Ministerio Público investiga la denuncia.


jueves, 24 de marzo de 2011

FRUSTRADA "VENTA" DE SU PROPIO HIJO: PENAS DE 8 A 15 AÑOS DE CARCEL

Quiso vender a su hijo para que pareja no la deje

La mala mujer lo habría ofrecido a una mujer para que lo haga trabajar en Tacna.
COMENTARIO  LEGAL
¿ACTO COMERCIAL?¿RIÑE  CON LA MORAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES?
NO  SÓLO ESO.  PUES, SE TRATA  DEL DELITO DE TRATA DE MENORES O COMERCIALIZACION  .EL AGRAVANTE ES QUE LO INTENTÓ SU PROPIA MADRE.
EL SER HUMANO NO  PUEDE   SER   OBJETO DE TRANSACCIONES  NI DE NEGOCIOS  PUES  ATENTA CONTRA  . SU  DIGNIDAD.
 ESTOS ACTOS QUE SE ENCUENTRAN PENALIZADOS  COMO DELITO  SEGÚN EL ARTICULO DEL CODIGO PENAL SIGUIENTE:
Art. 153.- Trata de Personas: 
“El que promueve, favorece, financia o facilita 
la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro, 
en el territorio de la República o para su salida o entrada del país, 
recurriendo a la violencia, la amenaza u otras formas de  coacción, la 
privación de la libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o de una 
situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o 
beneficios, con fines de explotación, venta de niños, para que ejerza la 
prostitucion, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación 
sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la 
servidumbre, la esclavitud o practicas análogas a la esclavitud u otras 
formas de explotación laboral o extracción o trafico de órganos o tejidos 
humanos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 
ocho ni mayor de quince años. La captación, transporte, traslado, 
acogida, recepción o retención de niño, niña o adolescente, con fines de 
explotación se considerara trata de personas incluso cuando no se 
recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior.
¿QUE OCURRIO?
Sin el más absoluto remordimiento una mala madre intentó vender al mejor postor a su pequeño hijo de 10 años porque esa fue la condición que le hizo su pareja para que no la abandone.
La increíble historia se desarrolló en Puno, donde los comerciantes descubrieron la mala acción de Margarita Tinta cuando esta le entregaba al menor, quien lloraba desconsoladamente, a una mujer.
Al ser descubierta, la “compradora” y la pareja de Tinta, Feliciano Quispe, huyeron del lugar. Lo mismo quiso hacer la desalmada madre del pequeño, pero fue detenida por los efectivos del serenazgo de Juliaca, quienes la trasladaron a la comisaría del lugar y donde se defendió diciendo que quiso vender al niño porque “no tenía plata para mantenerlo”.
“Yo tengo que trabajar, con qué plata lo voy a mantener”, se excusó Tinta. Ahora el caso está en manos de la Fiscalía de la familia, que dictará un castigo para la madre.
El niño, a pesar de todo, quería quedarse con su madre.

CODIGO QR

PARA QUIENES PUEDEN DESCIFRAR LOS CODIGOS Y TIENEN INSTALADO EL QR.KAYWA

miércoles, 23 de marzo de 2011

Jimena Elías Roca, ex Miss Perú 2007, en libertad después de conducir en...

Jimena Elías,la ex Miss Perú fue detenida al promediar las 3:15 de la madrugada del viernes 18 por manejar su automóvil en estado de ebriedad.
En su camino, la reina de belleza impactó su vehículo con otros, incluida una unidad del serenazgo, por lo que fue conducida a la comisaría de Surquillo, según confirmaron fuentes de dicha dependencia.
La también ex modelo de 'Habacilar' conducía su auto Honda Civic color guinda y estaba acompañada por una amiga, y desde su detención no dejó de reír con sus acompañantes.
El examen de dosaje etílico arrojó positivo y, de acuerdo al reglamento de tránsito, la sanción es la suspensión por un año de la licencia de conducir.

Si hubiera ocurrido en Beverly Hills ,como le ocurrió a Southerland, o a Mel Gibson, ya hubiera sido detenida, y además conminada a pagar la suma de 250 mil dólares para recuperar su libertad, amén del obligatorio tratamiento médico de desintoxicación alcohólica en una clinica estatal.
Pero estamos en el Perú, señores.
La ex- Mis Perú ebria, está en libertad con sus amigas ( cómplices impunes del delito de peligro común) aprestándose seguramente a planear la siguiente juerga.
Emitido: 21 de Marzo 2011
Fuente: Radio Capital
Entrevista realizada al Dr. Roberto Miranda

sábado, 19 de marzo de 2011

EX- MISS PERU EN LIBERTAD ,COMO SI NADA HUBIERA PASADO

Ex Miss Perú chocó ebria






Si hubiera ocurrido en Beverly Hills  ,como le ocurrió a Southerland, o a Mel Gibson, ya hubiera sido detenida, y además conminada a pagar la suma de 250 mil dólares para recuperar su libertad, amén del obligatorio tratamiento  médico de desintoxicación alcohólica  en una clinica  estatal.
Pero estamos en el Perú, señores.
La  ex-  Mis Perú  ebria, está en libertad con sus amigas ( cómplices  impunes  del delito  de peligro común) aprestándose seguramente  a planear  la siguiente juerga.


PUEDE HABER  PENA DE CARCEL?
QUE DICE LA LEY?



"Artículo 274.- Conducción en estado de ebriedad o drogadicción
     El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36 inciso 7). 



¿COMO OCURRIERON LOS HECHOS?


Jimena Elías,la ex Miss Perúal promediar las 3:00 de la madrugada de ayer por manejar su  automóvil en estado de ebriedad.
En su camino, la reina de belleza impactó su vehículo con otros, incluida una unidad del serenazgo, por lo que fue conducida a la comisaría de Surquillo, según confirmaron fuentes de dicha dependencia.
La también ex modelo de ‘Habacilar’ conducía su auto Honda Civic color guinda y estaba acompañada por una amiga, y desde su detención no dejó de reír con sus acompañantes.
El examen de dosaje etílico arrojó positivo y, de acuerdo al reglamento de tránsito, la sanción es la suspensión por un año de la licencia de conducir.

martes, 15 de marzo de 2011


Pareja de Magaly alegó ser un buen padre: "Cumplo con mi hija a cabalidad"

¿QUÉ DICE LA LEY AL RESPECTO?

El actual enamorado de la periodista aclaró que no existe un proceso pendiente que lo involucre
Martes 15 de marzo de 2011 - 07:21 pm
Imagen
(Foto: USI)
A través de un comunicado de prensa, Alfredo Zambrano, pareja de Magaly Medina, aseguró que cumple con sus deberes económicos, éticos y morales como padre y como notario de Lima.
Según apuntó el notario ha cumplido con aportar el monto fijado por la justicia e incluso ofreció aumentarlo debido a que tal pensión no se ajustaba a lo que este deseaba para su hija para sus gastos de educación, alimentación, vivienda esparcimiento, entre otros
COMENTARIO  LEGAL:
Es preferible que el cumplimiento de una obligación alimenticia sea  voluntaria  y no exigible mediante juicio.
NO OBSTANTE, SEGUN EL CODIGO CIVIL, LA PENSION DE ALIMENTOS QUE SE CUMPLE  RELIGIOSAMENTE  NO GENERA  INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTICIOS MOROSOS.
EN CAMBIO, EL INCUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA DE ALIMENTOS,GENERA PROCESO PENAL POR DELITO DE OMISION  A LA ASISTENCIA  FAMIILIAR.

HIPOTETICAMENTE,  LA MADRE DEL ALIMENTISTA PODRIA SOLICITAR  LA MEJORA ,O AUMENTO DE LA PENSION ALIMENTICIA, DE COMPROBARSE  MAYORES OBLIGACIONES  EN FAVOR DEL MENOR


HASTA LA FECHA  NO SE CONOCE QUE ALFREDO ZAMBRANO HAYA SIDO DENUNCIADO PENALMENTE POR FALTAR A SUS DEBERES ALIMENTICIOS,  O QUE LE HAYAN  EMBARGADO  BIENES O CUENTAS  BANCARIAS, MENOS  AUN QUE HAYA SIDO NUEVAMENTE  DEMANDADO  POR  AUMENTO DE PENSION ALIMENTICIA.

CONSECUENCIAS JURIDICAS DE UNA FALSA DENUNCIA

Liberan a taxista que fue falsamente acusado de violación
15 de Marzo del 2011


LIMA | Tras seis días tras las rejas, el taxista Luis Pastor Corcuera, fue liberado por las autoridades luego que se comprobara que fue víctima de una falsa denuncia de violación interpuesta por su ahora ex enamorada.

Como se recuerda, Silvia Reynoso denunció a su ex pareja por violación para luego arrepentirse de la acusación y decir a los medios de comunicación que todo fue una venganza contra Pastor Corcuera, quien quería terminar la relación.

Fue el titular del 52 Juzgado Penal de Lima, Omar Ahomed Chávez, quien ordenó la libertad del taxista.

ANALISIS  LEGAL
EL DELITO COMETIDO POR LA FALSA DENUNCIANTE Y PRESUNTA AGRAVIADA DE VIOLACION, PODRIA LLEVARLA  A LA CARCEL.

AL RESPECTO EL CODIGO PENAL VIGENTE  ESTABLECE:
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
SECCION I
DELITOS CONTRA LA FUNCION JURISDICCIONAL
     Artículo 402.- Denuncia calumniosa
     El que denuncia a la autoridad un hecho punible, a sabiendas que no se ha cometido, o el que simula pruebas o indicios de su comisión que puedan servir de motivo para un proceso penal o el que falsamente se atribuye delito no cometido o que ha sido cometido por otro, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años.
     "Cuando la simulación directa o indirecta de pruebas o indicios de su comisión sea efectuada por miembros de la Policía Nacional u otro funcionario o servidor público encargado de la prevención del delito, y que puedan servir de sustento para un proceso penal por tráfico ilícito de drogas, la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de seis años." (*)



miércoles, 9 de marzo de 2011

NIÑO EDISON EXIGE JUSTICIA

¿ESTO ES  LESION GRAVE  O LEVE?



Aun cuando los médicos legistas siguen siendo reticentes  en calificar la golpiza como lesiones graves, el menor Edison y su abuelo Máximo Padilla, están a la espera  que  un nuevo examen oftalmológico  forense permita  que este acto cruel no quede impune.
Los legistas manifestaron  en un principio que el proceso de recuperación sólo llevaría 17 días  pero  ya van más de 04 meses  y los ojitos de Edison  si bien es cierto han mejorado , aun quedan huellas  y secuelas  de la golpiza, manifestó su abogado Roberto Miranda.
Como se recordará Luis Percy Torres fue el autor de la violenta golpiza que  en octubre  del 2010, propinó a Edison por haberle rayado su vehiculo.
Los ojtos aun los tiene enrojecidos y   su concurrencia al colegio  ha sido materia  de burla por sus compañeritos, dado que  usa lentes oscurecidos, manifestó su abuelo Máximo Padilla, quien en ausencia de la madre biológica de Edison, cumple el rol de padre y madre.
La familia de Edison viene  recibiendo apoyo  legal y psicológico  del  colectivo : ALTO A LA VIOLENCIA que es patrocinado por la Sociedad Bíblica Peruana.

sábado, 19 de febrero de 2011

EL FACTOR CORNEJO ¿SIENDO EXTRANJERO PUEDE PARTICIPAR EN POLITICA ELECTORAL?




CONFERENCISTA  Y MOTIVADOR MEXICANO , MIGUEL ANGEL CORNEJO

¿PUEDE PARTICIPAR EN POLITICA?


Por Roberto Miranda

EN VARIAS CIUDADES DEL PERU, PPK  HA UTILIZADO COMO "CARNADA" LAS CONFERENCIAS GRATUITAS EN ESTADIOS Y COLISEOS  QUE OFRECE  EL LIC. MIGUEL ANGEL CORNEJO.
LA LEY DE EXTRANJERIA DECRETO LEGISLATIVO N°703, ESTABLECEN OBLIGACIONES Y SANCIONES  A LOS EXTRANJEROS QUE VIOLEN NORMAS MIGRATORIAS , PERO  TIENE UN ENORME VACÍO  CON RESPECTO A LA PARTICIPACION  ACTIVA QUE PUDIERAN TENER LOS EXTRANJEROS EN  CAMPAÑAS POLITICAS , ESPECIALMENTE EN  EPOCA DE ELECCIONES INTERNAS.

POR ELLO,ESTA PRESENCIA  DEL LIC. CORNEJO,  NO RIÑE  NI COLISIONA CON LA LEY DE EXTRANJERIA, LA CUA EN SU ART. 63° ESTABLECE CLARAMENTE CUALES SON LOS ACTOS QUE PROVOCAN LA EXPULSION DE UN EXTRANJERO.



CASO  DEL  SACERDOTE  MC AULEY
El año pasado un sacerdote católico ambientalista , sufrió la  cancelación del permiso de residencia , bajo el argumento de realizar actividades contrarias a su calidad migratoria y de actos que “ponen en riesgo la seguridad del Estado, el orden público y la defensa nacional”.

Mc Auley había  participado activamente  en algunas movilizaciones en protesta contra la contaminación de la selva por las empresas petroleras .




jueves, 10 de febrero de 2011

Carnavales en Lima - MULTAS Y SANCIONES 2011


¿Carnaval o Vandalismo?

Rosa María Palacios y el Dr. José Ocampo Zumaeta (abogado penalista) nos informan de las multas y sanciones que se aplicarán a los ciudadanos que practiquen actos vandálicos en estas fechas.
Fuente: Radio Capital
Emitido: 4 de Febrero 2011

jueves, 3 de febrero de 2011

Juicio de Alimentos - cuánto cuesta y cuánto demora

Derecho de Familia
¿Cuánto cuesta el proceso judicial?
¿Cuánto demora en ser procesada la sentencia?
Rosa María Palacios y el Dr. Roberto Moises Miranda (abogado penalista) nos informan de cual es el mejor momento para iniciar este proceso judicial.
Fuente: Radio Capital
Emitido: 3 de Febrero 2011

¿CARNAVAL O VANDALISMO?

Multas y detención por  carnavales violentos 

Multas de S/. 350 aplicará la municipalidad de Jesús María contra aquellas personas que cometan actos violentos durante la celebración de los carnavales en la vía pública del distrito.
De acuerdo a la Ordenanza Nº 296-2008/MDJM, se consideran actos violentos y prohibidos aquellos que se realizan durante los carnavales y que consisten en el arrojo indiscriminado de agua, pintura, talco, barro, betún, eter y otros, sin consentimiento de las personas.

ANALISIS  LEGAL:
Según lo establecido en el Código Penal, se penalizará hasta con ocho años de cárcel a quienes agredan a otros ciudadanos, provocándoles lesiones graves. Y en el caso que sean menores de edad, se les llevará a centros de rehabilitación juvenil.

En cuanto a los daños causados en bienes inmuebles,  los responsables serán sancionados con la realización de trabajos comunitarios y la correspondiente indemnización a los afectados.

LEGISLACION

FALTAS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES
     Artículo 449.- Perturbación de la tranquilidad
     El que, en lugar público, perturba la tranquilidad de las personas o pone en peligro la seguridad propia o ajena, en estado de ebriedad o drogadicción, será reprimido hasta con sesenta días-multa.


FALTAS CONTRA LA PERSONA 
 Artículo 443.- Agresión sin daño
     El que arroja a otro objetos de cualquier clase, sin causarle daño, será reprimido con prestación de servicio comunitario de diez a quince jornadas.